Rodolfo Torres (20/09/2015)
De modo cada vez más agudo los partidos políticos encaran la desconfianza ciudadana y, en no pocas ocasiones, su franca animadversión. Esta situación se ha vuelto más nítida en los comicios recientes en que diversos candidatos independientes, que resultaron ganadores, se presentaron como opción anti-partido. Esta aparente confrontación hace indispensable destacar características de ambos esquemas que hacen aconsejable su convivencia armónica.
Por una parte, la reforma política de 1977 reconoció a los partidos como entidades de interés público. Conviene recordar que esa reforma tuvo como motivación la debilidad del sistema político que se manifestaba en extendidos movimientos guerrilleros y en la cerrazón del sistema electoral que desembocó en la postulación de una única candidatura presidencial en la elección de 1976. Fue trascendente en la medida en que se incorporaron nuevas expresiones partidistas a la escena nacional. Es por ello virtuoso que la LEGIPE asigne al INE, como uno de sus fines, el fortalecimiento del régimen de partidos políticos.
Por otra parte, aunque formalizadas en la reforma constitucional de agosto del 2012, las candidaturas independientes se remontan a una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de julio de 2009: “…los Estados deben valorar de acuerdo con su desarrollo histórico y político las medidas que permitan fortalecer los derechos políticos y la democracia, y las candidaturas independientes pueden ser uno de esos mecanismos, entre muchos otros”.
Conviene ahora tener presente la utilidad de cada uno de esos esquemas.
Los partidos políticos:
- Facilitan a la ciudadanía su conocimiento del posicionamiento político de los candidatos; ayuda el saber a que partido está adscrito el candidato respectivo.
- Ofrecen a candidatos ganadores un soporte político organizado durante su ejercicio.
- Hacen viable la exigencia de responsabilidades; el elector puede ejercer un voto de castigo en la elección subsecuente por la actuación indebida de sus militantes, gobernantes o representantes.
Las Candidaturas Independientes:
- Imponen a los partidos un entorno de exigencia.
- Promueven la participación de más electores en los comicios.
- Son una válvula de escape frente al eventual monopolio político de los partidos.
Si bien parece factible la convivencia de ambos esquemas, empieza a extenderse la percepción de que se busca estrechar la viabilidad de las candidaturas independientes para convertirlas en un artefacto inútil. Sobre todo a partir de las elecciones del 2015 en que un candidato independiente obtuvo una gubernatura, lo que aparentemente motivó reformas legales en diversas entidades (mismas que han merecido una sentencia de la SCJN).
En ese sentido, el dictamen del Senado para la reforma constitucional en materia de candidaturas independientes, sigue vigente: “Los partidos políticos deben seguir siendo el medio principal para el agrupamiento de la diversidad de ideas y proyectos que se presenta en una sociedad plural como la nuestra”.
No cabe duda que el modelo es perfectible. Para las candidaturas independientes son deseables mecanismos equivalentes al voto de castigo que ahora puede imponerse a los partidos, así como encontrar su nicho adecuado, dada su dificultad para contar con una red política propia y estructurada que respalde el ejercicio de su mandato. En cuanto a los propios partidos políticos, debe sopesarse el establecimiento de parámetros comunes que propicien una vida democrática sana a su interior, que los aleje del autoritarismo y de la percepción de que sus luchas intestinas sólo buscan el beneficio de individuos o grupos.
El objetivo, a fin de cuentas, es fortalecer la apreciación de que los políticos, tanto desde los partidos como desde las candidaturas independientes, están ocupados de la solución de problemas sociales, cada vez más agudos y complejos.