Multa a Morena y Transición

Rodolfo Torres (22/07/2018)

Vale más medir y remedir, que cortar y arrepentir

La reciente resolución del Instituto Nacional Electoral (INE), que multa a Morena con 197 millones de pesos por la operación de un fideicomiso encabezado por militantes y simpatizantes de ese partido en apoyo a damnificados del sismo, puede influir en el proceso actual de transición.

Los pronunciamientos de los contendientes en la jornada del primero de julio pasado, reconociendo al triunfador de las elecciones presidenciales, tan pronto cerraron las casillas en todo el país, así como las expresadas por el presidente de la República, en el mismo sentido, alrededor de la media noche de ese día, alentaron la expectativa de una tersa transición política.

Esa esperanza se vio fortalecida por un mesurado y conciliador discurso de aceptación del triunfo, por el expedito reconocimiento expresado por el presidente de los Estados Unidos, una hora antes de que se dieran a conocer los resultados de los conteos rápidos elaborados por el INE, y por la cascada de reconocimientos, al día siguiente, de un gran número de mandatarios de otros países.

La reunión en Palacio Nacional, al martes siguiente de la elección, entre el presidente Enrique Peña Nieto con Andrés Manuel López Obrador, candidato con el mayor número de votos en la elección, para establecer las bases de la transición de gobierno, enviaron el saludable mensaje de que ese cambio ocurriría sin sobresaltos. Los mercados financieros tomaron debida nota y, los signos vitales financieros no se han visto afectados por ese cambio de gobierno.

Esa fluidez lucía más notable dada la aspereza y virulencia en la que se desenvolvieron las campañas electorales que hacían anticipar un agudo conflicto el día después.

Las transiciones tersas no sólo son deseables por la atenuación de una crisis que pudiera derivar en episodios de violencia. Lo son ahora, en mayor medida, dado el entorno externo de fragilidad y volatilidad en que nos encontramos.

La guerra comercial desatada por el presidente Donald Trump contra sus principales socios comerciales, entre ellos México, Europa y China, amenaza el crecimiento de la economía mundial, pues debilita la confianza de los inversores que no alcanzan a calibrar, por el momento, el tenor de la naciente confrontación cuya capacidad potencial para reconfigurar el mapa económico y político global es evidente. Para nuestro país, los vaivenes en la negociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte vuelven precaria la estimación de nuestros indicadores económicos. A ello hay que sumar la variabilidad en los precios del petróleo (debido a la inestabilidad en Venezuela y al acrecentado conflicto de Estados Unidos con Irán). La suma de esos factores hará más incierta la formulación del presupuesto federal para el año 2019.

A pesar de los iniciales signos de tersura, es evidente que, dada la profundidad de cambio que podría representar la elección de un presidente que no proviene de las filas de la élite política que ha gobernado por décadas a nuestro país, no todo será miel sobre hojuelas.

No es de extrañar, por tanto, que como parte de ese proceso de reacomodo, quienes ahora se podrían ver desplazados de los múltiples y diversos espacios desde los que se ejerce el poder, lancen desafíos que los hagan presentes, y se tome nota de su fuerza para alcanzar un pacto que los mantenga a flote durante esta gestión de gobierno o, en el peor de los casos, vender cara su derrota. El cómo se pacten esos desafíos marcará, en buena medida, el rumbo que tomará el nuevo gobierno.

Es, por ello, preocupante que la reciente resolución del INE en contra del partido Morena y de su entonces presidente del Comité Ejecutivo Nacional Andrés Manuel López Obrador, se pudiera enmarcar en ese contexto. Morena sostiene que se trata de un embate político pues, además de negar validez a la resolución, señala dos elementos adicionales. El primero, en la intencionalidad, recogida en medios de prensa nacionales, de desahogar ese expediente justo en los días previos a la jornada electoral con el afán de afectar sus eventuales triunfos electorales. El segundo, en la filtración del expediente a los medios de comunicación, antes de ser conocido por el consejo general del INE -que es la autoridad facultada para resolverlo-, con el propósito de inducir un linchamiento mediático.

El INE, por su parte, ha acudido a los medios de comunicación (radio, televisión, prensa y redes sociales) para difundir su resolución y para argumentar que su acuerdo tiene un sólido cúmulo de pruebas, que es legal y que con ello cumple cabalmente con su función fiscalizadora.

Más allá del abultado monto de la multa (que de acuerdo con la resolución sería pagado mensualmente con cargo al financiamiento ordinario que le corresponden a ese partido), lo cierto es que, aún sin haberse resuelto en tribunales, el caso se ha utilizado para demeritar la autoridad moral del nuevo gobierno que se ha propuesto combatir la corrupción y la impunidad.

Una vez superada la guerra mediática, las delicadas y graves consecuencias políticas que pudiera tener este asunto ameritan tanto del nuevo gobierno, de los actores políticos relevantes, como del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), una actuación prudente y responsable. Una vez recibida la correspondiente impugnación, el TEPJF deberá actuar, además, con elevada minuciosidad y calidad técnica. Un tratamiento frívolo podría tener repercusiones políticas lesivas, mismas que creíamos superadas desde la constatación del apabullante número de votos emitidos a favor del candidato ganador.

Gobiernos (in)eficaces

Rodolfo Torres (29/04/2018)

No a todos gusta lo mismo …

La eficacia en el ejercicio de gobierno, que es crucial para el bienestar de las sociedades en general, es imperativa en entornos internos y externos complejos, caracterizados por la escasez o la inequitativa distribución de bienes materiales: alimentos, energía, agua; o sociales: libertad, seguridad, justicia. Una de las razones que se esgrimen para justificar ineficacias en la ejecución de políticas de gobierno, es por la dispersión de votos que impide construir mayorías dominantes. Sin embargo, en sociedades plurales como las actuales, lo normal es que las elecciones no produzcan mayorías avasalladoras. Por otra parte, a la luz de las actuales campañas de odio que exhiben un agudo encono, más que un fuerte contraste, es evidente que nuestro entramado político es aún incapaz de procesar virtuosamente una pluralidad que llegó para quedarse.

Muestra de esa pluralidad son, en el ámbito político, los gobiernos de minoría y la votación minoritaria (cuando se compara con el número de electores potenciales) de las candidaturas presidenciales triunfantes.

Como resultado de la reforma político-electoral de 1996 se propició que, a partir de las elecciones legislativas de 1997, se inaugurasen en México los gobiernos en minoría; llamados así cuando el poder ejecutivo (en este caso la presidencia) está en manos de un partido, y ese mismo partido, en el poder legislativo (en aquel año, en la cámara de diputados), está en minoría.

A diferencia de los reportes usuales, que informan los porcentajes obtenidos con base en el número de electores que efectivamente acudieron a las urnas, es interesante observar la votación de los ganadores de elecciones presidenciales previas, en relación con el número total de potenciales electores (los inscritos en la lista nominal).

En la elección presidencial de 1988, el candidato ganador, Carlos Salinas, obtuvo el apoyo del 25 por ciento de los potenciales electores. En la elección de 1994, Ernesto Zedillo obtuvo casi el 38 porciento. Para el año 2000, la cifra se ubicó en el 27 por ciento a favor de Vicente Fox. Para 2006, el apoyo a Felipe Calderón fue menor al 21 por ciento y para la elección de 2012, Enrique Peña Nieto fue electo con sólo el 24 por ciento. Si se contempla desde la perspectiva sugerida, el apoyo ciudadano ha sido minoritario en los últimos 30 años.

Si bien es cierto que, a nivel internacional, la experiencia recurrente de los sistemas presidencialistas es el gobierno de minoría, en el caso de México ello significa una conmoción debido al reino de un exacerbado presidencialismo (calificado, por algunos, de autoritario o, incluso, de imperial) y a la carencia ancestral de instituciones sólidas que debieran hacerle contrapeso. Durante 40 años hemos tenido un largo proceso de adecuaciones normativas, que aún no ha concluido (y en el que diversas normas aprobadas, simplemente, no han funcionado), para construir el andamiaje institucional que provea de estabilidad, certidumbre y predictibilidad al ejercicio de gobierno. En ausencia de instituciones fuertes han sido los acuerdos políticos coyunturales los que las han suplido y han suministrado al gobierno una relativa y pasajera estabilidad.

Se han ofrecido respuestas diversas a la pregunta respecto de ¿cómo lograr gobiernos eficaces en entornos plurales que producen gobiernos en minoría y con reducida votación favorable? La más sencilla consiste, en tiempo de elecciones, en convocar a la población para que otorgue mayorías dominantes a una determinada fuerza política, tanto en el poder ejecutivo como en el legislativo. Sin embargo, el éxito de esa estrategia depende del grado de convicción que se logre infundir en los electores respecto a la clara superioridad de una oferta política que permita hacer a un lado, aunque sea momentáneamente, la pluralidad que es inherente a nuestra sociedad.

La segunda, llama a formar coaliciones electorales que, en el mejor de los casos, puedan convertirse en coaliciones gobernantes. Sin menospreciar la viabilidad de esta segunda propuesta debe tenerse en cuenta su volatilidad, pues es esclava del pragmatismo político, éste sí, hoy por hoy, predominante en el comportamiento de los actores políticos.

Los gobiernos en minoría no son nocivos en sí mismos pues, de inicio, reflejan virtuosamente la pluralidad de las sociedades. Pero, para que esos gobiernos sean eficaces en la ejecución de sus políticas públicas, deben asumirse como parte integrante de un entramado institucional que debe atender, sobre todo, al interés público. Ello implica el enorme reto de rediseñar nuestras instituciones y de la capacidad que tengamos para desprenderlas de la percepción pública de que responden a intereses individuales, de partido o de grupos políticos o económicos; de que abusan del dinero público; de que son elefantes blancos que desatienden su función de servicio en aras de burocracias innecesarias e ineficaces.

Es una tarea colosal para una nación que ha mostrado, no sólo incapacidad para procesar sus diferencias, sino una flagrante ineficacia en el ejercicio de gobierno y en la creación de instituciones que sirvan de contrapeso al ejercicio autoritario del poder. Además, va retrasada en un mundo que afronta nuevos desafíos: la construcción de un nuevo tipo de instituciones que, sin burocracia, se hagan cargo de la creciente pluralidad y complejidad de todos los aspectos de la vida en comunidad (incluidas la cultural y la económica, además de la política). Sólo atender a estos retos podría conducir a la concepción de nuevas formas de gobierno que otorguen viabilidad a nuestra maltrecha vida social.

Bronca por las candidaturas independientes

Rodolfo Torres (15/04/2018)

Si mi abuelita tuviera …

El proceso de registro de candidaturas independientes a la Presidencia de la República fue de tropiezo en tropiezo y ha concluido de modo escandaloso. El desaguisado se debe a una norma aberrante e inequitativa, y a la actuación de las autoridades electorales que la ciudadanía percibe como injusta o de plano ilegal.

En cuanto a la inequidad de la norma, baste decir que exige un mayor número de apoyos ciudadanos a quienes aspiran a la candidatura presidencial que el número de afiliados necesarios para constituir un partido político nacional. En el primer caso la ley demanda el uno por ciento de la lista nominal, 866 mil 593 firmas de apoyo, que se deben recabar en 120 días, mientras que, en el segundo caso, reclama un número de afiliaciones equivalente al 0.26 por ciento del padrón electoral, 234 mil 273 afiliaciones, y se dispone de un año para acreditarlo.

Uno de los primeros tropiezos se reveló por la denuncia de uno de los aspirantes (Pedro Ferriz de Con), respecto a la existencia de un mercado negro de datos personales electorales que tenía como propósito el registrar falsos apoyos. Aunque, en un inicio, el INE no concedió a esa denuncia la relevancia debida, al final acreditó la existencia de ese mercado negro y dio vista a la FEPADE -aunque, a decir del comisionado presidente del INAI, al 12 de abril, no se había dado vista a ese organismo.

Un segundo tropiezo, tiene que ver con la expectativa ciudadana de que, en todo momento y ante toda circunstancia, la autoridad electoral debe actuar con justicia. En particular, y dada la elevada proporción de apoyos falsos, que fueron presentados ante INE por los tres aspirantes que presuntamente habían superado el umbral del uno por ciento, era natural que la ciudadanía esperase que a ellos les fuese negado su registro, por haber intentado engañar a la autoridad y por haber infringido diversas normas. No ocurrió de ese modo, pues en este caso, como en muchos otros, no existe armonía entre lo justo y lo legal. Nuestra deficiente ley únicamente prevé que los apoyos falsos no sean contabilizados. De modo tal que, una vez restados los apoyos simulados, si el número de firmas restantes cumple con el umbral establecido en la ley, se tiene por cumplido ese requisito. Fue así como el INE aprobó sólo una de las candidaturas independientes.

El tercero y más aparatoso no sólo parece injusto, sino que, a juicio de muchos, entre los que me cuento, y de tres magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que votaron en minoría, la sentencia se aparta del principio de legalidad.

En sesión de fecha 9 de abril, el TEPJF resolvió el expediente relativo a la impugnación que presentó el aspirante Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón ante dos acuerdos del Consejo General del INE que determinaron que incumplió con el porcentaje de apoyo ciudadano y, en consecuencia, le negaba el registro de su candidatura independiente a la Presidencia de la República. Frente a esos acuerdos el aspirante esgrimió 18 agravios, en particular que, durante el desarrollo del procedimiento de verificación de firmas, el INE se apartó del debido proceso, pues se afectaron los principios de: legalidad, certeza, seguridad jurídica, y audiencia. El derecho de audiencia es garantía mínima del debido proceso. La sentencia (aprobada por mayoría de cuatro magistrados) consideró fundado el agravio de violación al derecho de audiencia, pues se le debió conceder la revisión del total de firmas y no sólo de una parte. La minoría de magistrados, que voto en contra, cuestionó extensamente esa aseveración. Aceptando sin conceder, como gusta decir a los abogados, que hubiese existido una violación a ese derecho, la conclusión de la mayoría fue exorbitante. Afirmó que, de haber revisado los registros que no fueron verificados -en las dos etapas de verificación se revisaron 780 mil 398 firmas y se subsanaron 62 mil 730-, el actor hubiese podido alcanzar el umbral exigido para el registro y que, de renviar el asunto al INE, para que se analizara el resto de los registros presentados, podría causar merma considerable o aun el daño irreparable en el derecho a ser votado. La conclusión es ilegal pues se basa en hipótesis, no en hechos consumados. Es evidente, además, que no debe repararse lo que aún no se ha dañado; bastaba con reponer el procedimiento de verificación. A pesar de ello, ordenó al INE considerar que el aspirante cumplió el requisito del umbral necesario de apoyo ciudadano para la candidatura presidencial.

La sentencia del TEPJF determinó, además, que la actuación del INE fue indebida, al convocar a una rueda de prensa en la que se expusieron tales irregularidades, pues ello constituyó una violación al debido proceso y al principio de imparcialidad. Conminó al INE a evitar esas conductas pues violan los derechos político-electorales del aspirante. Los magistrados en minoría, que votaron en contra de la sentencia, también hicieron un llamado al INE para que guarde mayor prudencia en torno a los asuntos de su competencia, y que sus expresiones públicas, previas a la resolución de los asuntos, no incluyan juicios de valor.

La sociedad espera, y merece, de las autoridades electorales una actuación justa y legal, que fortalezca la credibilidad en los comicios y garantice la transmisión pacífica del poder público.

En campaña

Rodolfo Torres (01/04/2018)

Más caro el caldo que las albóndigas

El pasado 30 de marzo inició el período de campaña de la elección federal, concluirá el 27 de junio del 2018. El número de cargos a elegir, tanto a nivel federal como local, será de 18 mil 311. Destacan en el ámbito federal, la Presidencia de la República, 500 diputaciones y 128 senadurías. En el ámbito local: 8 gubernaturas, una jefatura de gobierno, 972 diputaciones locales,1597 presidencias municipales y 16 alcaldías. El número de electores potenciales será de poco más de 89 millones de personas; el 52 por ciento mujeres.

La organización de las elecciones es un colosal esfuerzo social. Para esta elección, se instalarán más de 155 mil casillas que estarán a cargo de un millón 387 mil funcionarios de casilla. Para capacitar a ese número de funcionarios y para dar seguimiento a la jornada electoral, el INE ha contratado a 45 mil personas, entre supervisores y capacitadores asistentes electorales. El número de boletas en las casillas será de 280 millones.

En cuanto a resultados electorales preliminares, el INE realizará los conteos rápidos de la elección presidencial y de la elección de las 8 gubernaturas y de la de la jefatura de gobierno de la Ciudad de México. Llevará a cabo el programa de resultados electorales preliminares, denominado PREP, sólo de las elecciones federales.

Cómo se sabe, los partidos políticos y candidatos gozan de prerrogativas para divulgar sus mensajes en radio y televisión. En este periodo de campaña, difundirán casi 23 millones de spots a través de 3 mil 111 emisoras de radio y televisión. Las autoridades electorales transmitirán, en el mismo periodo por esos mismos medios, casi 4 millones de mensajes.

El presupuesto que tiene asignado el INE para organizar el proceso electoral federal es de 7 mil 145 millones de pesos. El financiamiento para los partidos políticos es 6 mil 789 millones. A lo anterior deben sumarse los montos asignados en las entidades federativas: 10 mil 30 millones a los OPLES y 6 mil 257 millones a partidos políticos. En total 30 mil 221 millones de pesos para esta elección (ello sin considerar el presupuesto asignado a los tribunales electorales, federal y locales, ni a la FEPADE). Si estimamos una participación ciudadana cercana al 65 por ciento de la lista nominal, el costo por cada elector, que acudiera a las urnas a depositar su voto, sería de 522 pesos (el equivalente a casi 6 días de salario mínimo).

Más allá de la valoración que merezca a cada uno la magnitud del costo de las elecciones, lo que es un hecho es el anémico aprecio que la ciudadanía tiene ahora de sus representantes políticos. Basta con observar las más recientes encuestas.

Por ejemplo, la empresa Gabinete de Comunicación Estratégica reporta, en un estudio demoscópico publicado el 2 de marzo de 2018, una calificación promedio de 4.5 (en una escala de 0 a 10) en cuanto al grado de satisfacción con la manera en que funciona la democracia en México. En el mismo estudio reporta el nivel de confianza en diversas instituciones: a la presidencia se le atribuye una calificación de 3.8, a diputados y senadores de 3.6, y a los partidos políticos de 3. Por su parte, la empresa Consulta Mitofsky reporta que, en estudio de octubre de 2017, la confianza en la presidencia se estima en 4.7, en senadores de 4.8, en diputados de 4.6, y en partidos políticos de 4.4 puntos. Pésimas calificaciones por donde se vea.

No hay que andar muy lejos para encontrar causas que explican ese reducido aprecio. Una elevada proporción de candidatos, una vez transformados en representantes políticos, actúa en beneficio del interés propio, de partido, o de un reducido grupo político o económico, en detrimento del interés público. Nuestro modelo de competencia electoral favorece una confrontación superficial de propuestas. Si bien es cierto que para esta elección habrá tres debates entre los tres candidatos y la candidata a la elección presidencial (en la Ciudad de México el 22 de abril, en Tijuana el 20 de mayo, y en Mérida el 12 de junio), es un hecho que este modelo se basa en el uso intensivo de spots de 30 segundos, con escasa sustancia y con sobrado estribillo, que vuelven imposible el contraste racional de propuestas. Ello hace propicio que la oferta electoral, que se propaga mediante esos mensajes, apele más a la emoción que a la razón de los electores. De ahí que, desde el arranque de las campañas, la oferta electoral resulte exagerada y distorsionada, pues no habrá habido tiempo de explicar sus condicionantes, que siempre aparecen en letra pequeña, ni de argumentar respecto a las restricciones que a todos los países les impone su adscripción a un contexto geopolítico y financiero específico; que es el telón de fondo de toda acción de los gobiernos nacionales.

De ahí que, al final, la ciudadanía concluya que sus representantes políticos han incumplido, tanto las expectativas como su oferta electoral.

Es deseable que las campañas electorales dejen de abonar el germen de la frustración. Para ello, debemos partir del reconocimiento de que el modelo político- electoral actual es disfuncional, pues refuerza el desencanto ciudadano y menoscaba el sistema de democracia representativa.

Más allá de proclamas de campaña, si se desea perseverar en ese sistema, urge una transformación política, que recupere la legitimidad de la representación, que se haga cargo del interés público.

¿Conteos rápidos, o lentos? La polémica sigue.

Rodolfo Torres (25/02/2018)

El diablo se esconde en los detalles

A propósito de la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que anuló diversas modificaciones al Reglamento de Elecciones (RE) aprobadas por el Instituto Nacional Electoral (INE), se instaló una narrativa que aborda la cuestión desde una óptica de buenos y malos. En uno de sus extremos, ubica a quienes abogan por la difusión expedita de resultados electorales y, en el otro, a quienes propugnan porque esos resultados fluyan lentamente. Esa narrativa es, simple y llanamente, falsa.

La constatación de que los tiempos para el escrutinio y cómputo en casilla no alcanzaban para procesar y difundir con oportunidad los resultados de los conteos rápidos, condujeron al INE a modificar el RE mediante acuerdo INE/CG/565/2017 -de modo tardío, pues se aprobó el 22 de noviembre de 2017, a poco más de dos meses de haber iniciado el proceso electoral-. Entre esas modificaciones están las aplicadas al numeral 6 del artículo 246 del RE. Se estableció que “… una vez concluido el cómputo de Presidencia o de Gubernatura o Jefatura de Gobierno, se procederá de inmediato al llenado y firma del acta de escrutinio y cómputo, para que la información de la misma sea enviada conforme a los procedimientos que se establezcan para los Conteos Rápidos y el PREP”.

El acuerdo del INE fue recurrido por los partidos políticos Movimiento Ciudadano, Acción Nacional y Morena. El tribunal consideró fundados diversos agravios e invalidó lo relativo a: 1) la apertura previa de urnas y la alteración al procedimiento de escrutinio y cómputo, y 2) el fraccionamiento en el llenado de actas y traslado de paquetes.

Los argumentos del TEPJF transitaron por dos sendas. La primera, que ni en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), “ni en algún otro ordenamiento, se advierte que la autoridad legislativa haya delegado al INE la atribución para emitir disposiciones que alteren, modifiquen o hagan nugatorias las previsiones establecidas en la Ley relativas al procedimiento que debe seguirse para el escrutinio y cómputo de la votación recibida en casilla”. En la segunda, privilegió lo dispuesto en la LEGIPE (artículo 294.1), en el sentido de que, “una vez concluido el escrutinio y el cómputo de todas las votaciones se levantarán las actas correspondientes de cada elección, las que deberán firmar, sin excepción, todos los funcionarios y los representantes que actuaron en la casilla”. Además, a juicio del TEPJF, las modificaciones aprobadas por el INE no satisfacían los principios de certeza y de seguridad jurídicas. La sentencia no versa sobre la difusión oportuna de los conteos rápidos, pues no fue materia del litigio, ni está en el marco de las atribuciones del TEPJF.

Con motivo de esa sentencia, el miércoles próximo, el INE aprobará un nuevo acuerdo por el que modificará la fuente de información de los conteos rápidos. El acuerdo sustituye a las actas de escrutinio y cómputo de casilla, por un cuadernillo de operaciones. Sin embargo, ese nuevo acuerdo no estará dispensado de polémica.

Nuestra constitución (artículo 41.V.B.a.5) ordena que para los procesos electorales locales y federales, corresponde al INE establecer las reglas, lineamientos, criterios y formatos en materia de conteos rápidos. En el artículo 41.V.C.8, señala que, en las entidades federativas, los OPLES ejercerán las funciones en materia de conteos rápidos conforme a lo dispuesto en el apartado previo (es decir conforme a lo dispuesto por el INE). Por otra parte, la LEGIPE prescribe (artículo 32.1.a.V) que el INE tiene la atribución de determinar, para los procesos electorales federales y locales, lo relativo a conteos rápidos. Sin embargo, la misma ley dispone (artículo 104.1.n) que corresponde a los OPLES “Ordenar la realización de conteos rápidos basados en las actas de escrutinio y cómputo de casilla … de conformidad con los lineamientos emitidos por el Instituto”. Esta última disposición no es ociosa.

Los resultados electorales son de cuatro tipos: preliminares, definitivos, oficiales y no oficiales. Los preliminares son: las encuestas de salida, los conteos rápidos y los resultados electorales preliminares (PREP). Las encuestas de salida y los conteos rápidos los pueden realizar particulares (aunque, en ese caso, sus resultados no serían oficiales), pero deben apegarse a los lineamientos que emita el INE. Cuando las autoridades electorales difunden resultados preliminares, aunque no sean definitivos, éstos son oficiales (en el sentido de que son publicados por una autoridad legítima). Los resultados definitivos sólo los emiten las autoridades electorales (es decir, siempre son oficiales). Para obtener los resultados definitivos se llevan a cabo diversos cómputos: en casilla, distritales, municipales, por circunscripción, nacionales, y los que, en su caso, decidan o realicen las autoridades jurisdiccionales. El TEPJF es la última instancia en la determinación de resultados electorales definitivos.

Los conteos rápidos, que hasta ahora han llevado a cabo las autoridades electorales, han aportado certidumbre por dos razones. La primera, por su alta precisión, pues se basan en métodos de muestreo estadístico que se han perfeccionado paulatinamente. La segunda, debido a que se han nutrido de las actas de escrutinio y cómputo de casilla. Cabe recordar que esas actas son el elemento crucial para determinar la legalidad de las votaciones o, en su caso, para determinar su anulación.

En caso de resurgir la controversia, esperemos que no predominen las visiones maniqueas, ni se acompañen de excesos retóricos, incontinencia verbal, o de críticas sin sustento, pues con ello se lesiona la institucionalidad electoral.

Convenio INE-Facebook

Rodolfo Torres (11/02/2018)

Empieza como quieres terminar

El 5 de febrero se anunció la firma de un convenio entre el Instituto Nacional Electoral (INE) y Facebook con el propósito de promover la participación ciudadana en los comicios del 2018. El anuncio es relevante dado el extendido uso de esa plataforma en México (y en el mundo), y el potencial impacto que ésta tiene en el comportamiento electoral de sus usuarios. En virtud de sus responsabilidades, como garante de la equidad en las contiendas electorales, el INE deberá desplegar ahora importantes acuerdos complementarios.

Facebook es una de las principales empresas en Internet. Fue fundada en 2004 por Mark Zuckerberg. En su último reporte financiero, al 31 de diciembre de 2017, consigna un número mensual de usuarios de 2 mil 130 millones en todo el mundo. De ellos, mil 400 millones lo usan diariamente. De acuerdo con datos de la empresa Hootsuite, a julio de 2017, en México existen 85 millones de usuarios.

Hasta el viernes pasado el INE no había subido a su portal de transparencia el citado convenio (el último convenio reportado, en el apartado de “convenios de coordinación, de concertación con los sectores social o privado”, fue suscrito el 3 de octubre de 2017). Sin embargo, través de su cuenta de twitter, el INE informó que al amparo de ese convenio promoverá talleres para capacitar a su personal, se incentivará el voto, se dará a conocer la ubicación de casillas, se difundirán los debates presidenciales, y se combatirán las noticias falsas. Por su evidente impacto en la equidad de la contienda electoral, este último rubro llama fuertemente la atención.

A Facebook, así como a otras redes sociales, se les concede un rol muy importante en las elecciones del 2018. En opinión del Magistrado del TEPJF, José Luis Vargas Valdez, publicada en medios de prensa el 26 de agosto de 2017, “los triunfos y fracasos de las elecciones de 2018 serán, en gran medida, resultado de las campañas que se ejecuten en las redes sociales…”.

No sobra decir que Facebook es una empresa de propiedad privada, es decir, no es una plataforma pública de acceso irrestricto. Por ello, establece condiciones de uso a las que deben sujetarse quienes deseen acceder a esa red. Sin embargo, se han presentado múltiples casos, de diversa gravedad, de mala utilización. Ya desde el pasado 18 de noviembre de 2016, Mark Zuckerberg había manifestado, a través de su cuenta de Facebook, su interés en combatir la desinformación procurando información precisa.

El pasado 31 de enero, Zuckerberg reiteró su preocupación respecto a la información engañosa. Señaló que había habido mal uso de esa plataforma y anunció diversas medidas. Entre ellas, que buscarían asegurar que la información que se vea en Facebook provenga de fuentes ampliamente confiables y de alta calidad. Puso como ejemplo, de fuentes confiables, al Wall Street Journal y al New York Times. En contraste, señaló, que hay páginas que tienen intenso seguimiento, pero no son ampliamente confiables, más allá de su audiencia medular, por lo que se desalentaría su difusión.

Pero ¿Cómo llevar a cabo la detección de noticias falsas, que se publican en formato de texto, audio o imágenes, entre un universo tan colosal de información? Sólo en cuanto a fotos se estima se suben diariamente a Facebook 300 millones de imágenes.

En su mensaje del 18 de noviembre de 2016, Zuckerberg dio a conocer el fortalecimiento en el uso de herramientas tecnológicas avanzadas para la clasificación de información. Para llevar a cabo dicha clasificación, como lo consigna su portal de investigación, usa profusamente métodos que provienen del campo de la Inteligencia Artificial, en particular los basados en aprendizaje automático (machine learning). Lo que no es extraño, pues las más poderosas compañías de Internet han centrado su modelo de negocio en el uso de esas técnicas para la clasificación de clientes, productos o información. Es el caso de Google, Amazon, Ali-Baba y Netflix. Los métodos de aprendizaje automático supervisado (también existen los no supervisados) hacen uso intensivo de la participación humana cuando es necesario etiquetar una fracción de la información disponible para, con base en ello, clasificar la fracción restante. Ello es consistente con la información, contenida en el mensaje de noviembre de 2016, respecto a la duplicación del personal de Facebook; ahora cuenta con 14 mil personas.

En este mismo mensaje, Zuckerberg anuncia también la participación de terceros confiables para la validación de hechos que permitan su distinción entre ciertos y falsos. En ese contexto hay que tener presente que las labores de etiquetado, que llevan a cabo las personas, requieren de conocimiento específico, a veces especializado, de la materia en cuestión, en este caso de conocimiento político-electoral. Lo anterior coincide con la información de prensa, publicada el 6 de febrero pasado, en el sentido de que el INE difundirá materiales desarrollados por Facebook, junto con otras organizaciones civiles, para ayudar a las personas a detectar noticias falsas.

La firma del referido convenio demandará del Consejo General del INE la toma de al menos tres acuerdos complementarios, para: determinar los mecanismos bajo los que participarán las organizaciones civiles (por ejemplo, si habrá convocatorias abiertas de selección), emitir los criterios bajo los que se realizará la identificación de noticias falsas y, los criterios para revelar las páginas a las que se haya desalentado su difusión. La certeza, la equidad y la transparencia, que deben regir los comicios, así lo ameritan.

Aspirantes a Candidatos Independientes y Datos Personales en Vilo

Rodolfo Torres (28/01/18)

Después de ahogado el niño …

El 11 de enero pasado, uno de los aspirantes independientes a la Presidencia de la República, Pedro Ferriz de Con, denunció la existencia de un “mercado negro” de datos electorales. Sustentó su dicho en la oferta que desconocidos le hicieron para venderle un millón de firmas, ofrecimiento que consideró creíble al corroborar que datos verídicos de dos credenciales de elector de su personal de apoyo estaban en poder de esas personas, aunque las fotografías no correspondían a las de los auténticos propietarios. Dicho aspirante presentó, el 17 de enero, la denuncia formal.

El mismo 11 de enero, el Instituto Nacional Electoral (INE) informó haber iniciado de oficio un procedimiento administrativo sancionador para deslindar responsabilidades por irregularidades encontradas en los apoyos recopilados por los aspirantes a candidatos independientes a diputados federales. En particular debido a que las imágenes recabadas no correspondían con credenciales para votar legítimas.

Una vez se finiquite el procedimiento sancionador es de esperar que, ante un eventual uso ilícito de datos electorales, se deslinden responsabilidades de aspirantes, auxiliares o servidores públicos (no hay que olvidar que además del INE, diversas instancias federales y locales poseen copias de credenciales para votar para acreditar la pertenecía de ciudadanos a programas sociales) y se sancione a los culpables.

Aunque, en un inicio, no se había presentado denuncia respecto al uso indebido de datos electorales, posteriormente, el INE reveló (proceso 15 de enero de 2018) la existencia de indicios que apuntaban al uso ilícito de esos datos. El INE identificó que 28 (24 de ellos con irregularidades significativas) de 65 aspirantes presentaron datos anómalos.

El jueves pasado diversos medios de prensa informaron que el INE había presentado la denuncia respectiva ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE). Esa instancia, con fundamento en el artículo 8.I de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, puede sancionar, con 50 a 200 días de multa y prisión de dos a seis años, a quien “altere en cualquier forma, sustituya, destruya, comercialice o haga uso ilícito de documentos relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Lista de Electores”. Además, para el caso de servidores públicos, el artículo 5 de la misma ley dispone la inhabilitación para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, de dos a seis años, y, en su caso, la destitución del cargo.

Desde la perspectiva de las sanciones que pudiera imponer el INE debe tenerse presente que, aunque hay quienes, en un inicio, se pronunciaron por negar el registro a los aspirantes que hubiesen cometido esas irregularidades, no existe –en la norma vigente- asidero legal para proceder de ese modo. No lo hay ni en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE, Libro séptimo: Candidaturas Independientes), ni en el Acuerdo INE/CG387/2017, del 28 de agosto de 2017, por el que se emiten los lineamientos para la verificación del porcentaje de apoyo que se requiere para el registro de las candidaturas independientes; salvo que, al descartar los apoyos irregulares, no se alcance el porcentaje requerido.

Hasta el viernes pasado el INE había abierto dos investigaciones: una sobre apoyos falsos y otra sobre la existencia de un eventual mercado negro de credenciales de elector; además de la referida denuncia ante la FEPADE.

Hasta ahora, y hasta donde se sabe, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) no ha intervenido. Su ausencia es inexplicable dado que se trata de una violación, potencialmente grave (de la que deben existir indicios suficientes, pues ameritaron su remisión a la FEPADE) de acceso ilícito a datos personales.

La marginalidad del INAI sorprende, además, a la luz de las altas responsabilidades que como órgano de Estado tiene, y que están establecidas en la Constitución y en las leyes de la materia.

A lo anterior hay que agregar que el citado acuerdo del INE, en el numeral 32 de los considerandos señala que “Las y los responsables en el tratamiento de datos personales para la obtención del apoyo ciudadano serán quienes aspiren a cada una de las candidaturas independientes, por lo que estarán sujetos a lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares”. Frente a ello, la reforma del 7 de febrero de 2014 establece, en el transitorio SÉPTIMO, que “en tanto se determina la instancia responsable encargada de atender los temas en materia de protección de datos personales en posesión de particulares, el (INAI) ejercerá las atribuciones correspondientes”.

Aun bajo el supuesto de imposibilidad legal para actuar de oficio, el INAI cuenta con dos instrumentos normativos eficaces -de cuya aplicación podría informar a la ciudadanía- establecidos en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicada el 26 de enero de 2017, cuyo artículo 89.XXI le confiere capacidad para “definir y desarrollar el sistema de certificación en materia de protección de datos personales” y, el 89.XXVII, “para emitir lineamientos generales para el debido tratamiento de los datos personales”.

Por su parte, el INE tiene a su cargo la difícil tarea pedagógica de explicar a la sociedad que cuenta con los mecanismos de seguridad suficientes que garantizan la imposibilidad material para la filtración de los datos personales contenidos en el padrón y la lista nominal de electores.

Robo de identidad y Credencial para Votar

Rodolfo Torres (14/01/2018)

Nada es más permanente que lo transitorio

De acuerdo con datos de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), de noviembre de 2016 a noviembre de 2017, ocurrió un aumento del 39 por ciento en el número de incidentes de robo de identidad. En el periodo referido el número de eventos de fraude cibernético aumentó 102 por ciento. Cabe advertir que esta cifra se refiere a casos documentados (entiéndase denunciados); la cifra de los no denunciados se desconoce.

En otros países el problema tampoco es menor. Para el caso europeo, es en España donde ocurren más robos de identidad por Internet y el monto de usuarios que han sido víctimas de ese delito alcanza el 7 por ciento; así lo reporta la Oficina Europea de Estadística.

En los Estados Unidos, el caso más notorio ocurrió durante el lapso en que se presentaron las declaraciones fiscales en 2017. La oficina encargada de recaudar impuestos de ese país (IRS) reportó haber detenido la devolución fraudulenta, por robo de identidad, de 4 mil millones de dólares.

Mediante el robo de identidad los delincuentes pueden acceder a cuentas bancarias, obtener créditos o contratar productos y servicios haciéndose pasar por otra persona. El robo de identidad implica, para quien la padece, pérdidas patrimoniales en la mayoría de los casos irreparables. Ello convierte a los datos personales en un activo de valor incuantificable.

El comercio electrónico se ha incrementado de modo notable en todo el mundo; sólo en los Estados Unidos, durante el último cuatrimestre de 2016, se gastaron 84 mil 300 millones de dólares. Dada la eficiencia de las transacciones comerciales que se realizan por Internet, en comparación con las que se llevan a cabo acudiendo personalmente a locales comerciales, su desaliento –debido al robo de identidad- también lesiona a la economía y a la sociedad.

Por su parte, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ha advertido el riesgo de robo de identidad mediante el uso de identificadores biométricos (de huellas dactilares, reconocimiento de iris, análisis de retina, y reconocimiento facial y de voz).

¿Cómo no alarmarse de la insuficiencia de nuestro marco normativo, en lo relativo a la identidad de las personas que llevan a cabo comercio electrónico? Si bien, se han dado algunos pasos, quedan muchas tareas pendientes. El 6 de abril de 1990 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, la reforma al artículo 36 constitucional. En su fracción I, párrafo primero, se estableció, como obligación de los ciudadanos, el “inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos, en los términos que determinen las leyes”. En el párrafo segundo se estableció que: “La organización y el funcionamiento permanente del Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición del documento que acredite la ciudadanía mexicana son servicios de interés público …”. Sin embargo, como parte de esa reforma, se dispuso un artículo segundo transitorio que indica: “en tanto se establezca el servicio del Registro Nacional Ciudadano, los ciudadanos deberán inscribirse en los padrones electorales”. Han transcurrido casi 28 años de aquella reforma y el artículo transitorio sigue vigente. Nada es más permanente que lo transitorio.

La Ley General de Población, publicada el 22 de julio de 1992, instituyó, en un artículo cuarto transitorio, que “en tanto no se expida la cédula de identidad ciudadana, la Credencial para Votar podrá servir como medio de identificación personal en trámites administrativos de acuerdo a los convenios que para tal efecto suscriba la autoridad electoral.” Desde aquella fecha hasta abril de 2016 el IFE-INE había suscrito 102 convenios con gobiernos y dependencias públicas y privadas para que esa credencial fuese aceptada como medio de identificación.

El 17 de junio de 2014 se publicó el decreto de reforma constitucional al artículo 4º por el que se adiciona un párrafo octavo en el que se reconoce el derecho a la identidad.

Por otra parte, el INE ha intentado fortalecer el uso de su credencial en operaciones financieras que se realizan en ventanilla. A partir de una prueba piloto realizada con Banamex, el Consejo General del INE aprobó, el 26 de febrero de 2016, el Servicio de Verificación de los datos de la Credencial para Votar. Este mecanismo permite verificar si la credencial para votar que se exhibe es auténtica, pues valida la vigencia y coincidencia de los datos de la credencial presentada con la información almacenada en la base de datos del padrón electoral.

La Asociación Mexicana de Bancos (AMB) propuso, el mes pasado, el uso de un número de identificación financiero que estaría vinculado con las bases de datos del Sistema de Administración Tributaria (SAT), de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), y del Instituto Nacional Electoral (INE). Con ello aspiran a avanzar, se dice, en el identificador único de población.

La propuesta es meritoria, en tanto trata de solucionar la carencia de un medio de identificación plenamente confiable para la realización de operaciones financieras digitales; que se espera sean las predominantes en un futuro cercano. Aunque, sin duda, el tema es complejo, frente al hecho de que la Credencial para Votar no tiene (ni puede tener), por sí misma, la capacidad para identificar a las personas que llevan a cabo transacciones digitales, es prioritario su análisis, dada su relevancia para la salud económica, política y social de nuestro país.

Sin válvulas de alivio

Rodolfo Torres (31/12/2017)

Con la lumbre a los aparejos

Después de la reforma política de 1977, que canalizó el descontento social hacia la senda de los procesos electorales, y de la reforma del 1996, que hizo factible que en el año 2000 cambiara de signo partidista la silla presidencial, pareció, por un momento, que podríamos encaminarnos hacia una ruta sostenida de fortalecimiento de los instrumentos institucionales para la transmisión pacífica del poder público. A poco más de 20 años de aquella segunda gran reforma, podemos asegurar que no sólo se ha debilitado la institucionalidad democrática, sino que, además, todo parece indicar, se ha obstruido toda válvula que pudiese aliviar la polarización política que avecinan las elecciones del 2018.

Las sociedades que se denominan democráticas han desarrollado, a lo largo de su historia, un conjunto de instrumentos para procesar pacíficamente el (en no pocas ocasiones, agudo) conflicto político. Entre otros: el sufragio efectivo (universal y libre), los procesos electorales equitativos, las instituciones electorales que garanticen el desarrollo equitativo de las contiendas y resuelvan con justicia las controversias, los parlamentos (en nuestro caso, cámaras de diputados y senadores) con genuina representatividad y que tengan al interés público como premisa, y los partidos políticos que favorezcan la participación ciudadana para la renovación del poder público. Por desgracia, la percepción de la población, aparentemente mayoritaria, es que todos esos instrumentos no cumplen a cabalidad con las expectativas señaladas.

La efectividad del sufragio se encuentra comprometida en sus fundamentos esenciales debido, principalmente, a la práctica -que en cada elección se refina y amplifica- de coacción del votante y compra del voto. Tal práctica se ha extendido al punto que constituye ya una variable considerada en la planeación presupuestal de precampañas y campañas, o incluso, de otros actos posteriores a éstas.

A esa práctica nociva hay que agregar la apabullante difusión de propaganda negativa que circula hoy día de modo casi endémico. A pesar de que la reforma electoral de 2007 tuvo, como uno de sus afanes, inhibir ese tipo de propaganda, lo cierto es que ahora se ha convertido en la vertiente predominante. Se privilegia la denostación, pues se bombardea al potencial elector con una avalancha de adjetivos para descalificar al contrincante, sin aportar argumentos a favor de la propia oferta político-electoral. Con ello se agudiza la polarización, se transmite información confusa e irrelevante, y se coloca al elector en una posición muy endeble frente a la difícil tarea de tomar decisiones de cara al tablero de la contienda electoral.

La credibilidad respecto al desarrollo equitativo de las contiendas descansa, en buena medida, en la confianza que la ciudadanía deposita en las autoridades electorales. Con base en un estudio elaborado por Consulta Mitofsky (CM) en septiembre de 2015, se puede observar que la credibilidad en las instituciones ha languidecido. El promedio de calificación de 17 instituciones decayó de 6.9 en 2008 a 6.2 en 2015. En particular, el INE (IFE) pasó, de 2004 a 2015, de una calificación de 7 a 6.1. Una encuesta más reciente, elaborada por el grupo Reforma en junio de 2017, detecta que “el 55 por ciento estima que el Instituto es poco independiente respecto al Gobierno”.

Un estudio del Gabinete de Comunicación Estratégica (GCE), de noviembre de 2016, muestra que casi el 66 por ciento de los encuestados manifiesta que las instituciones persiguen sus propios intereses (en contraste, casi el 28 por ciento piensa que buscan cumplir con la sociedad). En cuanto al INE el 62.2 por ciento confía poco o nada (sólo el 36.9 confía mucho o algo).

A la luz de las encuestas de CM y GCE (y de otras con resultados similares) cabe esperar que, desde la percepción ciudadana, la actuación tanto de las Cámaras de Senadores y Diputados como de los partidos políticos no podría ser eficaz y determinante para desactivar un eventual conflicto político extremo. CM advierte que, de 2004 a 2015: los senadores han tenido 5.2 como su calificación más baja y 6.7 como la más alta; los diputados 5.1 y 6.2; y los partidos políticos 4.9 y 6.2, respectivamente. GCE, por su parte, revela que el 77.1 confía poco o nada en el Senado, el 79.3 poco o nada en la Cámara de Diputados, y 86.3 poco o nada en los partidos políticos.

Un elevado volumen de participación ciudadana podría atenuar el conflicto político y, como consecuencia, beneficiar la transmisión pacífica del poder público. Sin embargo, la distorsión de la voluntad del elector que provocan la coacción, la compra de voto, el predominio de la propaganda negativa, y la baja estima en las instituciones en general, en las electorales en particular y en la representación política, dislocan esa participación y sus posibilidades. Conviene observar las cifras oficiales de participación: en la elección presidencial de 1994, fue del 77.16 por ciento, en la elección de 2012, del 63.08.

Más allá de la oposición que diversos actores políticos han expresado, mediante recursos legales, respecto a diversas resoluciones de la autoridad electoral, pues se trata de un mecanismo saludable y consustancial a nuestro modelo electoral, llama la atención la existencia de una aparente mayoría de la población (reflejada en las encuestas) que no cree en la imparcialidad de la autoridad electoral. Es evidente pues que, de confirmarse esa tendencia, se inhabilitaría cualquier eventual actuación de esa autoridad respecto al alivio de la tensión política. La lumbre se encuentra en los aparejos; el riesgo es fehaciente.

Golpe a la innovación y a derechos fundamentales

Rodolfo Torres (17/12/2017)

La libre comunicación de los pensamientos y las opiniones es uno de los derechos más preciados por el hombre. François de La Rochefoucauld

 La liquidación de la neutralidad de Internet, decretada por la Comisión Federal de Comunicaciones de los Estados Unidos (FCC, por sus siglas en inglés), bajo control del partido Republicano, es un duro golpe a la innovación, a la colaboración social, y a los derechos de expresión y de acceso a la información. Su impacto se resentirá en los Estados Unidos y en el resto del mundo.

La neutralidad de Internet significaba la garantía de que todo el contenido que circulara por los hilos de esa red de comunicación sería tratado por igual, sin discriminación o privilegio. Su cancelación significa que los proveedores de conexión a Internet podrán decidir qué contenidos privilegiar, mermar o silenciar. Si algún debate existía respecto a la naturaleza pública de ese medio, la reforma lo ha zanjado. A partir de su aprobación, Internet será un medio de comunicación privado en que los proveedores de conexión determinarán a qué contenidos se puede acceder e inducir cuáles se pueden producir. Ello aniquila la igualdad entre los usuarios de Internet; ahora el acceso estará vinculado a su capacidad económica. La reforma afectará también a las empresas medianas y pequeñas que, al carecer de la capacidad económica de los grandes corporativos, tendrán limitaciones para dirigir el tráfico a sus sitios.

Internet, recordemos, propició el surgimiento de una enorme constelación de empresas, muchas comerciales, otras tantas sin fines de lucro; unas y otras alimentaron el crecimiento del medio, fundamentalmente, por su capacidad de innovación. Es el caso de Google, Amazon, Facebook, Twitter, Netflix, Apache Software Foundation, Wikipedia, entre otras.

Internet también ha inducido la migración de diversas industrias, desde sus nichos tradicionales hacia ese medio: servicios financieros, de información, de comunicación, entretenimiento y educación. Así, contamos ahora con acceso ubicuo a servicios (que proveen empresas llamadas generadoras o administradoras de contenido): bancarios, de noticias, de mensajería instantánea, de telefonía digital, de deportes, de televisión, de películas, de música, de libros digitales, de localización, de redes sociales, y de educación a distancia. A grado tal que la vida en ausencia de Internet es, hoy día, impensable.

Con la cancelación de la neutralidad de Internet se alteran radicalmente los incentivos para el desarrollo de esa plataforma. Serán los acuerdos comerciales, y no la capacidad de innovación, los que determinarán el rumbo que seguirá ese medio. No será por ello extraño que esos proveedores de conexión se asocien o, de plano, busquen apropiarse de empresas generadoras de contenido digital y a la inversa (sino es que esa asociación ya existe, como es el caso de nuestro país). Es por ello que la creatividad dejará de ser la fuerza motriz principal del crecimiento y fortalecimiento de Internet.

Además, en esa plataforma concurre también la prestación de servicios públicos que se han multiplicado a partir de diversas iniciativas, entre ellas, algunas de organismos internacionales -como la de Gobierno Abierto- cuyo funcionamiento sería inconcebible sin el acceso a Internet. La eventual afectación para el acceso a los sitios respectivos no sólo afectaría la prestación de los servicios públicos mismos, sino que quebrantaría los procesos de transparencia y rendición de cuentas a que están obligados todos los entes públicos.

Adicionalmente, numerosas iniciativas no lucrativas de colaboración social se verían seriamente afectadas. Es el caso de la Wikipedia, el mayor acervo de conocimiento sistematizado difundido en el mayor número de lenguas en el mundo; de proyectos como los de la Free Software Foundation, que ha producido la mayor cantidad de software gratuito de alta calidad.  También otras tecnologías que están insertas en las arterias mismas de la comunicación de Internet se verán perturbadas; tal es el caso de las que desarrolla la Apache Software Foundation, la organización sin fines de lucro que produce tanto el software que opera en la mayoría de los servidores de Internet del mundo, como el software de Big Data de mayor uso (Spark y Hadoop).

La supresión de la neutralidad de Internet tiene otras consecuencias nocivas. Al tratarse ahora de un medio de comunicación privado perderían sentido, para ese medio, los derechos de acceso a la información y de expresión, que son componentes esenciales para el desarrollo democrático de la sociedad ¿Cómo exigir que no se inhiba el acceso a sitios específicos, que critiquen la forma en la que se ejerce el poder público, si la empresa que ofrece servicios de acceso a Internet argumenta razones comerciales? El riesgo es mayúsculo.

Ello no quiere decir que la vida actual en Internet sea un edén. Es evidente que existen distorsiones y asimetrías que urge resolver, tales como: la apropiación de datos de millones de personas que, sin su conocimiento o consentimiento expreso, están depositados en unas cuantas e incontroladas manos, la divulgación de noticias falsas, el bullying y la delincuencia cibernética, entre otros. Ése es otro tema, sobre el que habrá que debatir; pero ésta no fue la materia considerada para la determinación que tomó la FCC –que, de hecho, lejos de resolverse, se agrava- pues su propósito fundamental es mercantil y no social.

Es oportuno, desde ahora -en virtud de su previsible privatización, también en nuestro país- planear y echar a andar iniciativas que garanticen la innovación, la preservación y el ejercicio de derechos fundamentales, así como el fomento de iniciativas de colaboración social. Estamos a tiempo.

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