Presupuesto y Reforma del INE

Rodolfo Torres (01/12/2019)

La asignación presupuestal al Instituto Nacional Electoral para el año 2020 provocó, durante varios días, un encendido debate en los medios. Se dijo, por una parte, que una reducción presupuestal pondría en riesgo la existencia misma de ese instituto. Por otra parte, se señaló que el presupuesto asignado sigue siendo excesivo. Con independencia de los argumentos de uno y otro bando -y sin entrar al debate respecto de la justificación de cada proyecto-, lo que es un hecho, es que el presupuesto operativo asignado al INE, de poco más de 11 mil 421 millones de pesos, sin considerar lo que se asigna a los partidos políticos, es un monto que aparece como muy elevado a ojos de la ciudadanía. Por lo que es razonable revisar la causa de esos requerimientos monumentales de dinero público.

Por décadas, sucesivas reformas constitucionales y legales han ido atribuyendo al INE un cúmulo de funciones cada vez más complejas y extensas en materia de: padrón electoral, procedimientos jurisdiccionales, fiscalización y comunicación política, que se añadieron a las añejas funciones de organización y capacitación electoral. Cada una de esa nuevas atribuciones exigen abultados recursos. Por ello mismo es pertinente cuestionar si es indispensable que el INE deba seguir teniendo esas atribuciones añadidas. A mi juicio no es indispensable; al menos no en la forma en que se operan actualmente.

Cabe recordar que antes de la fundación del Instituto Federal Electoral ya existía el Registro Federal de Electores. El RFE se incorporó al IFE al momento de creación de este último. Hoy día, de cada 10 pesos que gasta el INE, 3 se destinan a la credencialización. Aunque la credencial para votar se ha convertido, de facto, en la identificación oficial de los mexicanos, la norma legal vigente dispone la creación de un documento de identidad nacional para todos los mexicanos (misma que no se ha concretado), no sólo para los mayores de 18 años. En otra oportunidad he señalado que no existe razón alguna para que los partidos políticos supervisen la identificación oficial de los mexicanos, mucho menos de los menores de edad. Es momento de revisar si el INE debe seguir teniendo a su cargo esa atribución añadida.

Aunque en las reformas electorales ha existido un vaivén en cuanto a los criterios respecto de la entidad que debe ser responsable del desahogo de algunos procedimientos sancionatorios, es cierto que, al día de hoy, corresponde al INE atender algunos de ellos en materia administrativa. Para ello debe mantener una estructura organizacional y normativa que involucra a todos sus órganos a nivel nacional. Lo que, en múltiples casos, conduce a un innecesario ir y venir de expedientes entre la autoridad administrativa (el INE) y la autoridad jusrisdiccional (el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación). Este aspecto, es quizá el que exhibe con mayor contundencia que existen tareas que no deberían corresponder al INE. En suma, los procedimientos sancionatorios deberían ser desarrollados, a mi juicio de manera exclusiva, por los tribunales electorales.

El tema de la fiscalización de los recursos de los partidos políticos, que ahora es atribución exclusiva del INE a nivel nacional, ha ameritado la creación de: abultadas estructuras de personal, de extensos cuerpos normativos, y de un amplia capacidad operativa y de infraestructura. Las inversiones en esa materia han sido muy elevadas sin que, hasta la fecha, se haya podido completar la titánica tarea de dar seguimiento cabal al uso del dinero en las campañas electorales, en particular al cuantioso manejo de dinero en efectivo.

En materia de comunicación política, la reforma del año 2007 adjudicó al INE la misión de llevar a cabo el monitoreo del uso de los tiempos del Estado que se asignan a los partidos políticos y a las autoridades electorales. Para ello se tuvo que instrumentar un costoso sistema que se utiliza para corroborar, mediante un proceso de etiquetado, que se cumple con la distribución de tiempos en radio y televisión, en todo el país y en todos los canales. Sin embargo, a mi juicio, aun no se logra a cabalidad el monitoreo de los mensajes no etiquetados.

Por si lo anterior fuese poco, la más reciente reforma electoral de 2014, que centralizó en el INE múltiples atribuciones que antes correspondían a los organismos electorales locales, fue exacerbada mediante diversos acuerdos al interior del propio Instituto, y hoy se encuentran integrados en el Reglamento de Elecciones. Estas nuevas atribuciones han sobrecargado, en muchos casos innecesariamente, las tareas del Instituto.

En la Cámara de Diputados y en el Senado de la República, existen decenas de iniciativas sobre cuestiones electorales que tienen la genuina intención de mejorar nuestra normatividad en esa materia. Sin embargo, también se ha propuesto, de manera reciente, alterar el periodo de vigencia del ejercicio de la actual presidencia del INE. Esa propuesta no sólo es absurda, en tanto alteraría una desiganción que ya causó estado, es decir, que ya es definitiva y no tiene vuelta atrás. Llevarla a cabo podría válidamente interpretarse como una sanción encubierta; más allá de su evidente capacidad potencial para poner en riesgo la naturaleza misma de las autoridades electorales.

Creo que es más redituable, para la mejora de la institucionalidad electoral el revisar con detalle la vigencia de las tareas que he referido y la nueva forma en que deben desarrollarse. No sólo por razones económicas y de eficacia sino para asegurar la viabilidad de nuestro entramado político-electoral.

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