Brasil, elección decisiva

Rodolfo Torres (14/10/2018)

Cuando veas las barbas de tu vecino cortar …

El triunfo de Jair Bolsonaro, candidato ultraconservador, abiertamente fascista, misógino y racista, con el 46 por ciento de los votos en la primera vuelta electoral en Brasil, y a la espera de una segunda vuelta que se realizará el 28 de octubre, es preocupante para ese país, para México, para la región y para el resto del mundo, pues eleva el riesgo que, desde la cúspide del poder público, se aliente el quebrantamiento de la convivencia social pacífica, lo que traería repercusiones dañinas de carácter regional y global. El peligro es inminente y por ello es también urgente que nuestras dirigencias políticas, las que llegan y las que ahora estarán en la oposición, tomen nota de que es indispensable un ejercicio prudente y responsable del poder que responda cabalmente al interés público.

Cabe recordar que, en abril de 1964, a través de un golpe de estado el ejército de aquel país depuso al presidente electo de izquierda Joao Goulart. En 1982 el gobierno militar suspendió el pago de su deuda, una de las mayores del mundo, y sumió a ese país, en una severa y prolongada crisis económica. El país amazónico retomó la vía civil a partir de 1985, y fue hasta el periodo presidencial de Fernando Henrique Cardoso, 1995-2002, que se logró controlar la debacle económica.

Lula Da Silva, candidato del Partido del Trabajo ganó las elecciones de 2002 y alcanzó la reelección en 2006. Sin embargo, desde 2005 se denunciaron casos de corrupción de ese partido que ameritaron, en su momento, una disculpa pública del propio Lula. Durante su presidencia, Brasil vivió una época de crecimiento económico, con una disminución notable de la miseria, que en una década sacó de la pobreza a 35 millones de ciudadanos. Sin embargo, no logró desactivar los mecanismos perversos que propician la aguda y ancestral desigualdad económica que se mantienen hasta la fecha.

En 2010 Brasil eligió a Dilma Rousseff como sucesora de Lula quien, desde el inicio de su mandato, estuvo sometida a un virulento acoso político. Durante su primer año, en 2011, renunció su jefe de gabinete en medio de acusaciones de corrupción. En materia económica, Brasil empezó, en 2013, un declive que afectó severamente sus expectativas de crecimiento. Ello dañó duramente la provisión de servicios públicos. A partir de ese año su renta per cápita ha caído hasta un 16 por ciento.

Aunque en 2015 Dilma logró su reelección, en ese mismo año se destaparon notorios casos de corrupción en Petrobras, la compañía petrolera del Estado, que involucraron a legisladores y dirigentes del Partido del Trabajo y salpicaron hasta al expresidente Lula. En 2016 se destapó el caso Odebrecht, a partir de una investigación del Departamento de Justicia del Gobierno de los Estados Unidos, respecto a esa empresa constructora brasileña que obtenía contratos de obra pública, alrededor del mundo, mediante la corrupción de funcionarios públicos. En el año 2016 Dilma fue depuesta por el Senado acusada de uso indebido de fondos públicos. Aunque ella señaló que más bien se trató de un golpe de Estado. En 2018, en medio del proceso electoral en que el expresidente Lula Da Silva acudía como candidato, éste fue encarcelado acusado de corrupción. Lula denunció que se trató de un montaje para separarlo de su candidatura.

A partir de 2016 Michel Temer ocupa la presidencia provisional de Brasil, pero tampoco ha estado exento de acusaciones de corrupción.

Brasil, con alrededor de 211 millones de habitantes, tiene ahora un producto interno bruto, medido en dólares, que equivale al 34 por ciento del total de América Latina (México, en segundo lugar, representa el 21.4). Ese peso específico provocaría que, de suscitarse un agravamiento de su situación económica, se afectase a la región. Brasil aun padece las consecuencias de su fragilidad económica, iniciada hace cinco años. Ello se muestra, entre otros indicadores, por la violencia que ya alcanza cotas elevadas: 31 homicidios por cada 100 mil habitantes (México tiene 25 por cada 100 mil).

Al deprimido panorama económico se ha sumado el desánimo social por los actos de violencia, corrupción e impunidad, de los que no parece estar a salvo ninguno de los bandos. En materia política la caída en desgracia del Partido del Trabajo ha provocado un vacío que ha generado la fragmentación política. Todo ello ha fermentado en un coctel explosivo que puede afectar a una amplia zona geográfica.

Frente a esa debacle, el candidato Bolsonaro blande su esperpento fascista, misógino y racista para clamar que su candidatura es la única salida del atolladero.

Vemos, de modo palpable, que un agudo estado de frustración e insatisfacción social, sin saludables vías de procesamiento, puede engendrar monstruos que pueden volver realidad nuestras peores pesadillas. Los electores brasileños tienen aún la oportunidad de detenerse frente a ese abismo. Nuestra clase política debe tomar nota de esa lección y asumir que el ejercicio responsable del poder pasa por el combate eficaz a la corrupción, la impunidad y la violencia, por dimensionar adecuadamente el cumplimiento de las expectativas de la población, por ejercer de modo prudente, responsable, y sin virulencia, los roles de gobierno o de oposición, y por la generación de políticas públicas que propicien el mejoramiento sustentable de la población en general.

Consulta popular a debate

Rodolfo Torres (28/10/2018)

Una sola pregunta puede contener más pólvora que mil respuestas. Jostein Gaarder

La consulta ciudadana que hoy concluye, en la que se pregunta acerca de la mejor ubicación del Aeropuerto Internacional, ha desatado un encendido debate. Quienes se oponen a su realización argumentan que el tema no debiera ser motivo de consulta (al tratarse de una materia altamente compleja desde el punto de vista técnico), y que su organización no ha cumplido con los parámetros mínimos para que sus resultados sean confiables: número y ubicación de casillas, lista de electores, mecanismos eficaces para evitar que una persona ejerza en más de una ocasión su voto, transparencia en el conteo de votos y ausencia de mecanismos de impugnación. El nuevo gobierno señala que el tema es relevante para la ciudadanía y que la consulta se ha basado en un principio de confianza (de la buena fe) tanto de los organizadores como de los votantes; aunque reconoce que ha habido errores, mismos que ha tratado de subsanar. Anuncia, además, que los mecanismos de consulta popular serán una práctica recurrente en su gobierno y, para ese fin, se propone llevar a cabo modificaciones constitucionales.

Cabe mencionar que la práctica democrática, cuando se visualiza desde la forma de participación popular, se divide en dos tipos: la representativa y la directa. Dada la constatación de que los representantes políticos han abandonado, en su mayor parte y desde hace décadas, su compromiso con los electores, para someterse a la voluntad e intereses de élites económicas o políticas, no es de extrañar que vivamos las horas bajas de la vertiente representativa.

Se denomina democracia directa al régimen político en el que los ciudadanos ejercen, sin intermediarios o representantes, es decir por sí mismos, los poderes del Estado. Dada la complejidad de su ejercicio, es común que esa forma de democracia se circunscriba a la función legislativa. La democracia directa tiene su origen en la Gracia Antigua. En la filosofía política clásica es Jean Jacques Rousseau su gran defensor pues, argumenta, la soberanía del pueblo no puede ser representada sino por sí mismo.

Aunque una forma común de visualizar la practica de la democracia directa es a través del asambleísmo, se han utilizado otros instrumentos como la consulta popular, el referéndum, la iniciativa popular, la revocación de mandato y el plebiscito. Este tipo de democracia parte del supuesto de que existe una comunidad política formada por personas que pueden y deben ser consultadas sobre los asuntos públicos. Aunque en épocas pasadas esa posibilidad parecía alejada de la realidad, los modernos medios informáticos lo tornan ahora factible.

El empleo de los instrumentos de la democracia directa, en particular el plebiscito, data del siglo IV en que los romanos lo utilizaron para legitimar sus decisiones. Se volvió práctica común durante la Revolución Francesa y lo usó profusamente Napoleón Bonaparte para la aprobación de sus propuestas de modificaciones a la Constitución. Los mecanismos de democracia directa han sido utilizados ampliamente en diversos países: Canadá, Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña, Suiza, entre otros. La ONU ha utilizado ese medio para resolver disputas de límites territoriales y de soberanía (invito al lector interesado a examinar el breve pero excelente texto de Jean-Francois Prud’Homme, Consulta Popular y Democracia Directa, publicado por el INE).

Sin embargo, como en todo, la democracia directa tiene sus pros y sus contras, mismos que deben ponderarse para que su puesta en práctica provea los resultados esperados. Entre sus potenciales ventajas destacan: permite la manifestación directa de la opinión pública en los procesos gubernamentales, incrementa el sentido de identidad entre electores y gobierno, y rompe el monopolio en la toma de decisiones por grupos de interés político o económico. Entre sus eventuales desventajas están: diluye la responsabilidad gubernamental y polariza las opciones políticas.

Nuestra Constitución General (artículo 35), reformada en 2014, prevé la consulta popular como mecanismo de democracia directa. Aunque su despliegue normativo fue diseñado, dada la complejidad del procedimiento, más con el afán de dificultar su ejercicio (al igual que la figura de las candidaturas independientes). Al grado que, desde su aprobación, no se ha realizado ninguna consulta bajo esa disposición constitucional. Si la intención del nuevo gobierno es aplicar consultas de manera recurrente, es bienvenida su intención de modificar el marco constitucional, pero debe hacerse tanto para potenciar sus virtudes, como para minimizar sus riesgos. Aunque, también para reducir los costos en los que hoy incurren los procesos electorales. Por ejemplo, un ejercicio similar a una consulta, en cuanto a número de participantes, fue la elección interna del PRD, organizada por el INE en 2014, en que participaron 2 millones de electores, y que tuvo un costo superior a los 100 millones de pesos.

Para reducir costos y asegurar la confiabilidad de los resultados, es indispensable apoyarse en instrumentos tecnológicos. Pero ello demanda, más allá de la opinión ingenua de utilizar una versión simple de Internet, la aplicación de innovaciones informáticas recientes basadas, en particular, en la tecnología de “cadenas de bloques” (blockchain).

Si se aspira a recoger de modo confiable y cabal la opinión ciudadana durante el ejercicio del poder público, y dada la experiencia de la consulta que hoy concluye, la puesta en marcha de mecanismos eficaces de democracia directa, aunque factible, tiene aún camino por recorrer.

Las batallas por el presupuesto Federal

Rodolfo Torres (11/11/2018)

Amor son hechos …

El presidente electo delineó, el pasado fin de semana, los ejes principales del presupuesto federal para el año 2019. Ese presupuesto se presentará, a más tardar, el 15 de diciembre ante la Cámara de Diputados. La fecha límite para su aprobación es el 31 de diciembre de este año. La batalla por el presupuesto ya ha comenzado y, sin duda, se agudizará en la medida en que se desplieguen los restantes instrumentos normativos que buscan hacer viable la reorientación del gasto público.

Las prioridades establecidas por el nuevo gobierno, para el gasto público federal, se enfocan en atemperar los agudos niveles de pobreza e inducir el desarrollo comenzando por el entorno más cercano a la población. En el primer rubro se anuncia el otorgamiento de apoyos económicos a adultos mayores, a personas con discapacidad que se encuentran en niveles de pobreza, a infantes y jóvenes de los niveles de educación primaria, secundaria, preparatoria y universidad. En cuanto a desarrollo, se plantean partidas presupuestales para la reconstrucción (motivada por desastres naturales), el mejoramiento de colonias urbanas marginadas (dotación de agua), el empleo a jóvenes, el apoyo al campo (mediante fertilizantes, empleo y crédito), el mejoramiento o construcción de vías férreas (Istmo de Tehuantepec y Tren Maya), la construcción de una refinería, la mejora de caminos, la ampliación de Internet, y la mejora en la provisión de salud y educación (creación de 100 nuevas universidades públicas). Con independencia de la opinión que se tenga respecto a la pertinencia de esos proyectos, que cabe recordar provienen de sus ofertas de campaña, conviene reflexionar respecto a su viabilidad financiera.

El nuevo gobierno ha anunciado su disposición de mantener los indicadores macroeconómicos bajo estrecho control. En consecuencia, se ha comprometido a no incrementar el déficit fiscal, ni la deuda, ni a establecer nuevos impuestos, ni a acrecentar los actuales. También se ha comprometido a no aumentar, en términos reales, los precios de los energéticos (gasolina, gas y electricidad).

Por otra parte, el presupuesto amanecerá con restricciones considerables. De los casi 5.7 billones de pesos, en que se estima el presupuesto 2019, ya se tienen comprometidos los siguientes rubros: costo financiero de la deuda 725 mil millones, participaciones federales a las entidades 703 mil millones, compromisos de pago por bienes o servicios ya devengados (ADEFAS) 36 mil millones, servicios personales (nóminas y otros gastos de personal) 1 billón 252 mil millones, y pensiones y jubilaciones 928 mil millones de pesos.

A la luz de esas obligaciones: ¿Cómo financiar el costo de los nuevos proyectos? Dos instrumentos normativos (uno ya aprobado y el otro en camino de serlo; antes de la aprobación del presupuesto) aunados, en mi opinión, con el combate a la evasión fiscal, serán las apuestas del nuevo gobierno para obtener los recursos necesarios para sus proyectos.

En el primer caso, la nueva Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de noviembre pasado), establece que el sueldo de los funcionarios federales no puede ser superior al que perciba el presidente de la República. Esa nueva disposición obliga, en primer lugar, al propio Poder Legislativo a formular y aprobar un presupuesto que garantice su observancia. La aprobación de esa ley ya ha provocado los primeros escarceos de una batalla que se vislumbra prolongada, dados los recursos legales de los echarán mano los involucrados, tanto de quienes están adscritos a algunos de los órganos autónomos como, sobre todo, de quienes integran el Poder Judicial. A pesar de las resistencias, la disminución de recursos a la partida de servicios personales será importante.

Esa disminución se verá robustecida por la aprobación de la denominada Ley de Austeridad Republicana. La iniciativa respectiva fue presentada el 11 de septiembre y ya se procesa actualmente en comisiones legislativas. Se tiene previsto se apruebe el 29 de noviembre próximo; es decir, antes de la aprobación del presupuesto. La puesta en marcha de esa ley también tendrá un impacto importante hacia la baja en el presupuesto, pues contempla: la prohibición de contratación de seguros privados de gastos médicos, de vida o de separación con cargo a recursos públicos, la contención del crecimiento de plazas, la eliminación de escoltas, secretarios privados y asesores de los funcionarios públicos, la limitación en el uso de vehículos, la reducción de propaganda oficial, y la disminución de viajes oficiales al extranjero. Un aspecto destacable es la restricción de fideicomisos que utilizan recursos públicos. Se estima que existen 341 de éstos que manejan recursos por 875 mil millones de pesos y que carecen de una vigilancia cabal.

Esas medidas de contención y reorientación del gasto público tendrán el mayor impacto en la percepción de la población respecto al nuevo gobierno. Es por ello que buscará asegurar la suficiencia de caudales. Pero los recursos que deriven de las medidas de contención referidas podrían no ser suficientes para dar viabilidad a los nuevos proyectos.

Es por ello previsible que, para la formulación del presupuesto, dadas las restricciones ya mencionadas, se tomen acciones adicionales para el fortalecimiento de los ingresos públicos. En particular, es aconsejable que el nuevo gobierno combata la evasión fiscal, que se enmascara en la condonación interesada y discrecional del pago de impuestos. Esa medida tendría, además, la virtud de sanear y fortalecer a la economía en su conjunto.

Federalismo versus centralismo

Rodolfo Torres (25/11/2018)

Evitar tirar el agua sucia de la bañera junto con el niño

A propósito de la creación de la figura de delegados en las entidades federativas, prevista en las reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que ya fue aprobada en la Cámara de Diputados y que la próxima semana será sometida, en votación particular, a la aprobación de la Cámara de Senadores, se ha revivido una añeja discusión entre federalismo y centralismo.

Sin embargo, cuando se trae a colación ese debate se hace alude únicamente a la relación entre el gobierno federal y los gobiernos estatales y se deja de lado, injustamente, tanto el relevante papel que ha tenido el ámbito municipal, como parte fundamental de ese litigio y elemento clave de nuestro diseño político, como las fuerzas motrices que han alimentado, en su momento, a cada bando.

Cabe recordar, que los municipios adquirieron gran relevancia a partir de 1812; no sólo porque articularon a los pueblos originarios y favorecieron el surgimiento de la ciudadanía (hasta ese entonces sólo existía la figura de súbdito), además fueron la base de la organización de los procesos electorales y elementos clave de los políticos. Puede afirmarse, sin duda, que en aquella época la República se constituyó a partir de sus poderes locales.

Pero el modelo basado en los ayuntamientos, y en los poderes locales en general, al que se acusaba de propiciar dispersión en lo político y en lo económico, sufrió, durante el siglo XIX, múltiples embates de intensidad diferenciada a lo largo y ancho del país de modo tal que, a principios del siglo XX, era una figura sin capacidad efectiva de gobierno. En el ámbito financiero la hacienda pública se administraba centralmente. En el ámbito de la política, el poder se fue trasladando gradualmente a los ejecutivos estatales y nacional, en un proceso paulatino en el que jugaron un rol destacado los denominados jefes políticos; que habían nacido como enlace entre los ayuntamientos y los gobernadores pero que, hacia finales del siglo XIX, se convirtieron en elemento esencial de la centralización política.

En el último tercio del siglo XIX tuvo lugar un importante proceso de centralización, impulsado primordialmente por factores económicos, por lo que se consideraban entonces exigencias de la modernidad. Ferrocarriles, puertos, telégrafos, industria eléctrica, legislación minera, de uso de aguas y deslinde de terrenos baldíos, con la hacienda pública por detrás, fomentaron un crecimiento económico en algunas zonas del país y la articulación de mercados regionales. Esos factores de centralización económica demandaban consensos políticos nacionales; algo que las regiones, por sí mismas, no fueron capaces de aportar.

Durante el siglo XIX, en que se profundizó el proceso de centralización, se establecieron equilibrios regionales y nacionales que dieron cierta estabilidad a un modelo que se proclamaba federal en lo formal y que en la práctica era profundamente centralista. En la segunda mitad de ese siglo, se llegó al extremo de que era la presidencia de la república quien favorecía equilibrios locales en algunas entidades y quien, en caso extremo, acudía al expediente de la desaparición de poderes, figura eficaz del porfiriato, para imponer su orden en la entidad.

Es interesante destacar que previo a la alternancia en la titularidad de la Presidencia de la República, ocurrida en el año 2000, ya había sucedido un profundo proceso de cambio político a nivel municipal y local. La reforma electoral de 1996, que había fortalecido políticamente a los partidos y a los gobernadores, favoreció el cambio político en la periferia. Los resultados electorales de esa época revelan, en esos ámbitos, un debilitamiento del partido hasta entonces gobernante. Puede decirse, por ello, que la primera alternancia en la presidencia recorrió una ruta de la periferia hacia el centro y la fuerza motriz de esos cambios provino de la esfera política.

Frente al arribo de un partido distinto a la titularidad del ejecutivo federal en el año 2000, los ejecutivos locales, cuyo partido había pasado ahora a la oposición, impulsaron la creación de una instancia de agrupamiento (la Conferencia Nacional de Gobernadores, CONAGO). Este organismo fue muy eficaz para hacer contrapeso político nacional al ejecutivo federal y para mantener vigente una oposición política regional. La CONAGO también jugó un papel fundamental en la creciente canalización de recursos a las entidades federativas.

La estrategia de atrincheramiento político en el espacio local-regional, aunado a la disponibilidad de crecientes recursos económicos en los estados (el 80% del gasto federal se había descentralizado), resultó exitosa para que el partido que había mantenido el poder por 71 años retomara espacios políticos en la periferia y favoreciera su retorno al poder ejecutivo federal en el año 2012. Sin duda, la reforma político-electoral del 2014 (aún vigente), de corte centralista, es parte fundamental de esa disputa.

Pero ese enorme caudal de recursos económicos a los estados, usualmente ejercidos con discrecionalidad y sin vigilancia efectiva, alimentaron los múltiples y escandalosos casos de corrupción en las entidades. En tal magnitud, que la principal fuerza motriz detrás de las reformas a la citada ley, según argumenta el nuevo gobierno, es el combate a la inocultable corrupción en los gobiernos de las entidades (aunado al objetivo de reducir los insostenibles niveles de inseguridad).

Sin embargo, dada la fragilidad de nuestro ancestral modelo federalista-centralista, conviene actuar con sabiduría para impedir el aumento de las tensiones centro-periferia.

El salario los de los funcionarios públicos

Rodolfo Torres (09/12/2018)

Juez y parte

Al admitir a trámite la acción de inconstitucionalidad presentada el pasado 6 de diciembre por senadores de la República, el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alberto Pérez Dayán, resolvió, en unas pocas horas, suspender la aplicación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, expedida mediante decreto publicado el 5 de noviembre de 2018. Ya anteriormente, el pasado 26 de noviembre, dicho ministro había admitido a trámite la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), quien había impugnado la constitucionalidad de esa ley, pero no había solicitado medidas cautelares. A pesar de su estridencia mediática, la resolución no imposibilita (no podría hacerlo) que la Cámara de Diputados cumpla a cabalidad con las disposiciones exclusivas que en materia de presupuesto de egresos le otorga nuestra Constitución General.

El propio ministro señaló en su determinación, que ello no impide a los diputados incrementar o reducir los sueldos como mejor consideren basándose para ello en la Constitución, en particular atendiendo a lo dispuesto en los artículos 75, 94 y 127 y tercero transitorio de la reforma de 2009, pero no en la referida ley. Aunque, cabe destacar, que la suspendida ley, en su parte medular, reproducía lo dispuesto en la Constitución.

Cabe recordar que de conformidad con lo establecido en el artículo 74.IV de la Constitución es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados aprobar el presupuesto de egresos de la Federación. Por su parte, el artículo 75 dispone que esa cámara, al aprobar el presupuesto de egresos, no podrá dejar de señalar la retribución que corresponda a un empleo que esté establecido por la ley.  Ese artículo también señala que los poderes federales Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como los organismos con autonomía reconocida en la Constitución que ejerzan recursos del presupuesto de egresos de la Federación, deberán incluir dentro de sus proyectos de presupuestos, los tabuladores desglosados de las remuneraciones que se propone perciban sus servidores públicos. Es decir, aunque cabe esperar que la propuesta de la Secretaría de Hacienda contenga el planteamiento del presidente, de que su salario se fije en alrededor 108 mil pesos, es la Cámara de Diputados quien tendrá la última palabra.

El artículo 127 establece que los servidores públicos de la Federación, de las entidades federativas, de los Municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos autónomos, y cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.  Ordena que dicha remuneración será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes. A continuación, en la fracción II de ese artículo 127 se establece que ningún servidor público podrá recibir remuneración, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el presidente de la República en el presupuesto correspondiente.

En cuanto a las percepciones de funcionarios del Poder Judicial, el artículo 94 en su párrafo 11 dispone que la remuneración que perciban por sus servicios los ministros de la Suprema Corte, los magistrados de Circuito, los jueces de Distrito y los consejeros de la Judicatura Federal, así como los magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo.

Sin embargo, es el transitorio tercero, de la reforma constitucional del 2009, el que acota las condiciones a las que se sujetarán las percepciones de los funcionarios públicos y dispone que, a partir del ejercicio fiscal del año 2010, las percepciones de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los magistrados de Circuito, los jueces de Distrito, los consejeros de la Judicatura Federal, los integrantes del Consejo General del otrora Instituto Federal Electoral y los magistrados y jueces de los Poderes Judiciales Estatales, que en aquel entonces estaban en funciones, se sujetarán a lo siguiente: a) Las retribuciones nominales señaladas en los presupuestos vigentes (en 2010) superiores al monto máximo previsto en la base II del artículo 127, se mantendrán durante el tiempo que dure su encargo. b) Las remuneraciones adicionales a las nominales, tales como gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones, y cualquier remuneración en dinero o especie, sólo se podrán mantener en la medida en que la remuneración total no exceda el máximo establecido en la base II del artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. c) Los incrementos a las retribuciones nominales o adicionales sólo podrán realizarse si la remuneración total no excede el monto máximo establecido en el artículo 127.II

Como puede verse la fijación de los salarios de los funcionarios públicos es una facultad exclusiva de la Cámara de Diputados, misma que deberá ejercer en estricto apego a las disposiciones constitucionales.

Conteos rápidos, con cimientos sólidos

Rodolfo Torres (11/03/2018)

No por mucho madrugar …

Aunque los reflectores político-electorales enfoquen, por ahora, el inicio del registro de candidaturas a la presidencia de la República, conviene posar la vista sobre un nuevo acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) respecto a uno de los temas cruciales de la elección, los resultados electorales preliminares conocidos como conteos rápidos (CR).

Los CR que da a conocer la autoridad electoral administrativa (INE u OPLES), usualmente al término de la jornada electoral, tienen la virtud de aminorar la incertidumbre que pudiese deteriorar la legitimidad política de las candidaturas triunfantes y la consecuente afectación de la gobernabilidad del país.

Para esta elección, la obtención oportuna de esos resultados se ha vuelto problemática debido a tres factores: 1) la coincidencia en la realización de un elevado número de elecciones, 2) la centralización de la recepción del voto en una casilla única, y 3) la planeación tardía de la casilla única.

El poder legislativo aprobó, en el año 2014, diversas adecuaciones a la Constitución. En particular, en el artículo transitorio 2.II.a dispuso que las elecciones federales y locales se realizarían el primer domingo de junio a partir del 2015, salvo las elecciones de 2018 que se llevarían a cabo el primer domingo de julio. Al centralizar los comicios en una sola fecha, construyó una caja de resonancia que amplifica los conflictos locales y les otorga repercusión nacional.

Acorde con ese afán centralista, en 2014, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE), dispuso, en los artículos 82.2 y 253.1, que en los procesos en que se realicen elecciones federales y locales concurrentes el INE deberá instalar una mesa directiva de casilla única para ambos tipos de elección. El primero de julio de 2018, en diversas entidades se recogerá, en casilla única, la votación de hasta 7 elecciones.

El escrutinio, cómputo y llenado del acta de cada elección emplea un promedio de dos horas. El legislativo no se hizo cargo de esa realidad y dispuso que (artículo 294.1 de la LEGIPE), una vez concluido el escrutinio y el cómputo de todas las votaciones se levantarán las actas correspondientes de cada elección. Aunque la ley prevé que los cómputos federales y locales se harán de manera simultánea, la conclusión de los escrutinios y cómputos en casilla ocurriría alrededor de la media noche, y dado que la captura, envío y procesamiento de las actas podría requerir dos horas adicionales, los resultados de los CR se podrían difundir a partir de las dos de la mañana; si todo el proceso transcurriese sin contratiempos. Hasta el 22 de noviembre de 2017, a poco más de dos meses de haber iniciado el proceso electoral, el INE aprobó modificaciones al Reglamento de Elecciones mediante las que autorizaba que las actas fuesen llenadas de manera fraccionada, es decir, que no se esperase a la conclusión de todas las elecciones.

En respuesta a las impugnaciones de los partidos MC, PAN y Morena, el 14 de febrero de 2018, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) invalidó dicho fraccionamiento, debido a que, en ningún ordenamiento se advierte que la autoridad legislativa haya delegado al INE la atribución para emitir disposiciones que alteren el procedimiento que debe seguirse para el escrutinio y cómputo de la votación recibida en casilla.

Con esa sentencia el tema de los CR parecía zanjado. Sin embargo, el pasado 28 de febrero el INE trajo a discusión nuevamente el asunto y aprobó nuevas modificaciones al Reglamento. Modificó la fuente de información de los CR. Sustituyó a las actas de escrutinio y cómputo de casilla por un cuadernillo de operaciones. Sin embargo, ese nuevo acuerdo también fue impugnado y será esta semana, o a más tardar la próxima, que el TEPJF lo resuelva, ahora sí, en definitiva (dado lo avanzado del proceso).

Sin duda, el cuadernillo es un documento legal, pues está previsto en el artículo 290.1.f. Su finalidad específica es servir de medio para consignar las operaciones de escrutinio y cómputo. Los datos del cuadernillo se transcriben posteriormente al acta. Las discrepancias entre el cuadernillo y las actas, de haberlas, serían mínimas. Sin embargo, aún subsisten resquicios que pudiesen cuestionar la legalidad del mecanismo aprobado.

El alcance legal del cuadernillo está acotado por lo fines específicos que la propia norma le otorga. A diferencia del acta de escrutinio y cómputo de casilla (que si debe estar debidamente signada), no es necesario que el cuadernillo sea firmado por los representantes de los partidos y de los candidatos independientes, pues es un documento de trabajo que llena el secretario y que verifican los demás integrantes de la mesa (de la que no forman parte los representantes, aunque estén presentes). Si se llegase a alimentar a los CR, ya sea por error o por dolo, de datos equivocados, y dado que todo acto de la autoridad es impugnable ¿Cómo podrían partidos y candidatos objetar los resultados de los CR si, en el acuerdo, no está previsto que dispongan de una copia del cuadernillo? Sería legalmente imposible que pudiesen demostrar alguna eventual irregularidad.

Garantizar la transmisión pacifica del poder público es el fin superior de la institucionalidad electoral. Los conteos rápidos, al igual que todos los actos de la autoridad electoral, deben abonar a la certeza. Por ello, deben estar fundados sobre cimientos sólidos, tanto operativos como normativos. El TEPJF aún puede paliar esa carencia.

Los primeros cien días del nuevo gobierno

Rodolfo Torres (30/09/2018)

Cava el pozo antes de tener sed. Proverbio

La complejidad de nuestra sociedad actual impone retos formidables a los gobiernos de todas las latitudes, pues existe un notorio diferencial entre dos cuestiones fundamentales: las nuevas formas de construcción social, basadas en mayor medida en las interacciones horizontales, y las organizaciones tradicionales, públicas y privadas, que basan su actuación en mecanismos de control centralizado, es decir, cimentado en interacciones de subordinación. A nuestra situación nacional hay que agregar factores específicos que ejercerán una influencia a favor, y otros en contra, de las expectativas del nuevo gobierno no sólo respecto al cumplimiento de sus metas para los primeros cien días, sino para todo su ejercicio de gobierno.

Del lado de los factores que le favorecerán, está la evidencia de que cuenta ahora con un envidiable capital político, inédito desde hace varias décadas, pues tiene una cómoda mayoría en ambas cámaras del Congreso de la Unión y cuenta con notable fuerza en las entidades, por la vía de gubernaturas y congresos locales. Tendrá, por ello, capacidad plena para determinar el rumbo de la legislación secundaria, y también podrá aspirar, de modo creíble, a llevar a cabo reformas a la Constitución General.

El segundo elemento que le redituará capital político es su ejercicio permanente de estrecho contacto con la población. Por ejemplo, las giras de agradecimiento, que algunos estiman innecesarias pues, argumentan, han concluido las elecciones, me parece persiguen el objetivo de mantener y acrecentar ese capital político.

El tercero, es que su núcleo dirigente tiene una dilatada experiencia pública que le ha hecho desarrollar un aguzado olfato político, a la par de un elevado pragmatismo en su actuar. Sin embargo, si se carece de una adecuada articulación, ese pragmatismo -que tiene por naturaleza un cariz dual-, se tornará en un componente negativo que podría agregar volatilidad, por la vía de decisiones contradictorias; de ser el caso, se llegaría a la antesala de un ambiente de incertidumbre.

 Otros factores pueden jugar en su contra. Uno de ellos surge de un cambio sustancial respecto de los actores que participarán en la toma de decisiones políticas importantes. Para un sistema como el nuestro, habituado a que un restringido grupo político-económico tomara las decisiones más relevantes para el país, la muda de gobierno generará cambios de forma y fondo. De forma porque la presidencia de la República, eje articulador de esas decisiones, estará en manos de alguien que no proviene de la élite que ha dominado al país por décadas y que, en consecuencia, no se sentirá comprometido por las ataduras de un protocolo que percibe ajeno. De fondo, porque se trata de un gobierno que ha mostrado no tener como premisa la subordinación a poderes externos. Las fricciones que surjan de ese nuevo arreglo que cambia la forma y fondo podrían, eventualmente, minar la efectividad de los propósitos del nuevo gobierno.

  Otro factor tiene que ver con la reciente integración del partido Morena. Se trata de un partido que está en proceso de formación. Hay que recordar que la elección de este año fue apenas su segunda participación en comicios federales. Cierto es que quienes integran ese partido, señaladamente sus dirigentes, no son bisoños en las lides políticas; no obstante, Morena tendrá que apresurar su proceso de maduración si quiere equipar de articulación y continuidad a su proyecto político.

Otro elemento consiste en el breve plazo con que cuentan las nuevas autoridades electas para elaborar y procesar sus planes y programas. Será inevitable la tensión entre ofrecer resultados inmediatos y privilegiar aquellos efectos que, aunque no provean del mayor lucimiento, aporten viabilidad de largo plazo a la nación.

El punto anterior se relaciona con un válido cuestionamiento respecto de la distancia, hasta ahora desconocida, entre las altas expectativas que el triunfo generó, frente a las posibilidades de concretarlas en muy corto plazo, dados los adversos componentes internos y externos de la coyuntura nacional. En lo interno, por ejemplo, debido a la limitada capacidad de acción que tiene el nuevo gobierno para configurar el presupuesto 2019, pues ya amanece comprometido en un 80 por ciento, principalmente para el pago de adeudos. En lo externo, debido al incierto panorama económico internacional detonado por la guerra comercial entre los Estados Unidos y China.

El haber obtenido un aplastante triunfo electoral no significa, de modo automático, el haber alcanzado un poder definitorio. Nuestro sistema político está plagado de ínsulas de poder en todos los niveles y grados que no son necesariamente favorables al nuevo gobierno. Los retos son, sin duda, muy vastos para los primeros cien días y para los siguientes seis años. Cabe por ello esperar que el nuevo gobierno inicie su ejercicio con paso firme y veloz para tratar de aprovechar al máximo ese breve bono de cien días. Las diferencias partidistas no deben hacernos olvidar que si un gobierno actúa a favor del interés público lo que conviene al país es su desempeño eficaz.

Gasto para combatir pobreza

Rodolfo Torres (23/12/2018)

Con un ojo al gato y otro al garabato

En el ocaso de este año 2018 la Cámara de Diputados se apresta a aprobar, en ejercicio de sus facultades constitucionales exclusivas, el presupuesto para el año 2019, mismo que plantea una importante reorientación del gasto público a favor de mejorar las condiciones de quienes perciben ingresos que no les permiten acceder a una vida digna.

Nadie debería dudar que las condiciones de miseria en el país son dramáticas. Las cifras más recientes del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), correspondientes a 2016, nos informan que el 43.6 por ciento de la población mexicana (53.4 millones de personas) viven en estado de pobreza y el 7.6 por ciento (9.4 millones de personas) viven en pobreza extrema.

Es, desde luego, indispensable instrumentar paliativos que, a la par que se diseñan y ponen en marcha soluciones de largo plazo, frenen esa trágica tendencia que disuelve aceleradamente las condiciones mínimas necesarias para una convivencia social afable y cuya dinámica puebla de desesperanza y desolación a todos los miembros de nuestra sociedad.

Pero ¿De dónde obtener recursos para subsanar tan elevada deuda social? Sobre todo, si tomamos en cuenta que sucesivos gobiernos -desde 1985-, se aplicaron, de modo continuo y perseverante, a adelgazar, hasta la anemia, los ingresos gubernamentales. Ya fuese mediante la venta, a precios de ganga, de las empresas del Estado, o mediante la provisión de lánguidos presupuestos a esas empresas cuya venta no pudieron llevar a cabo (como PEMEX y la CFE), postrándolas en un estado de chatarrización. Si a lo anterior agregamos el prolongado aplazamiento de reformas fiscales que propiciarían finanzas públicas sanas, resulta un panorama sombrío. Baste señalar que, de acuerdo con datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), los ingresos tributarios en Francia representaron alrededor de 45 por ciento, en Chile el 20 por ciento, mientras que en México apenas ronda el 15 por ciento. La Ley de Ingresos, aprobada por las Cámaras de Diputados y de Senadores, prevé que los ingresos (estimados en 5 billones 838 mil 59 millones de pesos, que financiarán el gasto público) provendrán, principalmente, de los siguientes rubros: el impuesto sobre la renta aportará el 30 por ciento; el IVA el 17 por ciento; el IEPS el 7.5; las cuotas de seguridad social el 5.9; PEMEX el 8.98; la CFE el 7.16; del Fondo petrolero vendrá el 8.92 y de deuda interna el 8.31.

Si el compromiso del nuevo gobierno es no aumentar impuestos, ni crear nuevos impuestos, no hay duda de que el reforzamiento de sus ingresos fiscales se sostendrá en una reforzada vigilancia del cumplimiento del pago de impuestos, de la ampliación del número de quienes deben pagarlos, y de la cancelación del festín de devoluciones discrecionales de impuestos.

Por otra parte, si bien es cierto que, de acuerdo con estimaciones, la corrupción le cuesta anualmente al país hasta un 10 por ciento de su producto interno bruto (que al tercer trimestre del 2018 fue de 18 billones 610 mil 326 millones de pesos), su recuperación inmediata es incierta (si sólo se recuperase el 10 por ciento de las pérdidas se tendrían ingresos adicionales por más de 180 mil millones de pesos), pues la corrupción es un mecanismo perverso incrustado en la médula de múltiples procesos económicos y políticos. Será, desde luego, un factor favorable, el compromiso presidencial, y de su gobierno, de combatir en todos los frentes y de manera prioritaria esa calamidad, pero su combate a largo plazo requiere, además de postulados éticos, un replanteamiento profundo de nuestras estructuras y relaciones políticas y económicas.

Por último, algunas de las fórmulas que se han propuesto para superar la lacerante pobreza, apelan al mérito y al esfuerzo personales. Sin embargo, esa ruta, cómo única vía, parece infértil si se consideran los datos que aporta el Premio Nobel de Economía Joseph Stiglitz quien, en su libro El Precio de la Desigualdad, cuestiona severamente los postulados de la meritocracia y la teoría del esfuerzo personal, al señalar que el 90 por ciento de los que nacen pobres mueren pobres, mientras que el 90 por ciento de los que nacen ricos mueren ricos, sin importar los actos que realicen para alterar esa condición. De acuerdo con reportes del Centro de Estudios Espinosa Yglesias, en México, 7 de cada 10 personas que nacen en situación de pobreza se quedan así toda su vida. Por su parte, el Banco Mundial ha señalado que la población con menores ingresos tiene escasas probabilidades de mejorar su calidad de vida, a pesar de contar con estudios.

En el combate a la pobreza se han ensayado diversos mecanismos que, hasta ahora, no han tenido éxito y en los que han estado presentes elevadas dosis de corrupción. A la par de los indispensables paliativos es urgente diseñar y poner en práctica mecanismos que aspiren a transformar de raíz esa situación. Es decir, a desterrar, en definitiva, de nuestro modelo de desarrollo, las condicionantes que propician que nuestro país se convierta en una fábrica de pobreza, no sólo económica, sino también humana.

Partidos Políticos y Candidaturas Independientes

Rodolfo Torres (20/09/2015)

De modo cada vez más agudo los partidos políticos encaran la desconfianza ciudadana y, en no pocas ocasiones, su franca animadversión. Esta situación se ha vuelto más nítida en los comicios recientes en que diversos candidatos independientes, que resultaron ganadores, se presentaron como opción anti-partido. Esta aparente confrontación hace indispensable destacar características de ambos esquemas que hacen aconsejable su convivencia armónica.

Por una parte, la reforma política de 1977 reconoció a los partidos como entidades de interés público. Conviene recordar que esa reforma tuvo como motivación la debilidad del sistema político que se manifestaba en extendidos movimientos guerrilleros y en la cerrazón del sistema electoral que desembocó en la postulación de una única candidatura presidencial en la elección de 1976. Fue trascendente en la medida en que se incorporaron nuevas expresiones partidistas a la escena nacional. Es por ello virtuoso que la LEGIPE asigne al INE, como uno de sus fines, el fortalecimiento del régimen de partidos políticos.

Por otra parte, aunque formalizadas en la reforma constitucional de agosto del 2012, las candidaturas independientes se remontan a una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de julio de 2009: “…los Estados deben valorar de acuerdo con su desarrollo histórico y político las medidas que permitan fortalecer los derechos políticos y la democracia, y las candidaturas independientes pueden ser uno de esos mecanismos, entre muchos otros”.

Conviene ahora tener presente la utilidad de cada uno de esos esquemas.

Los partidos políticos:

  • Facilitan a la ciudadanía su conocimiento del posicionamiento político de los candidatos; ayuda el saber a que partido está adscrito el candidato respectivo.
  • Ofrecen a candidatos ganadores un soporte político organizado durante su ejercicio.
  • Hacen viable la exigencia de responsabilidades; el elector puede ejercer un voto de castigo en la elección subsecuente por la actuación indebida de sus militantes, gobernantes o representantes.

Las Candidaturas Independientes:

  • Imponen a los partidos un entorno de exigencia.
  • Promueven la participación de más electores en los comicios.
  • Son una válvula de escape frente al eventual monopolio político de los partidos.

Si bien parece factible la convivencia de ambos esquemas, empieza a extenderse la percepción de que se busca estrechar la viabilidad de las candidaturas independientes para convertirlas en un artefacto inútil. Sobre todo a partir de las elecciones del 2015 en que un candidato independiente obtuvo una gubernatura, lo que aparentemente motivó reformas legales en diversas entidades (mismas que han merecido una sentencia de la SCJN).

En ese sentido, el dictamen del Senado para la reforma constitucional en materia de candidaturas independientes, sigue vigente: “Los partidos políticos deben seguir siendo el medio principal para el agrupamiento de la diversidad de ideas y proyectos que se presenta en una sociedad plural como la nuestra”.

No cabe duda que el modelo es perfectible. Para las candidaturas independientes son deseables mecanismos equivalentes al voto de castigo que ahora puede imponerse a los partidos, así como encontrar su nicho adecuado, dada su dificultad para contar con una red política propia y estructurada que respalde el ejercicio de su mandato. En cuanto a los propios partidos políticos, debe sopesarse el establecimiento de parámetros comunes que propicien una vida democrática sana a su interior, que los aleje del autoritarismo y de la percepción de que sus luchas intestinas sólo buscan el beneficio de individuos o grupos.

El objetivo, a fin de cuentas, es fortalecer la apreciación de que los políticos, tanto desde los partidos como desde las candidaturas independientes, están ocupados de la solución de problemas sociales, cada vez más agudos y complejos.

Revocación de Multa a Morena

Rodolfo Torres (02/09/2018)

La fuerza que no va guiada por la prudencia, cae por su propio peso. Horacio

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó por unanimidad, la noche del pasado viernes, que no existen pruebas suficientes sobre el uso del financiamiento público del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) ni de recursos partidistas en el Fideicomiso “Por los demás”, para apoyar a los afectados del sismo, como lo acusó el Instituto Nacional Electoral (INE). En consecuencia, revoca lisa y llanamente la resolución del INE. La sentencia del Tribunal es de la mayor importancia y amerita una cuidadosa revisión.

Cabe recordar que por disposición constitucional y legal corresponde a la autoridad electoral administrativa, al INE, vigilar, de manera exhaustiva, el origen, monto y destino de todos los recursos, públicos y privados, con que cuenten los partidos políticos y candidatos. Debe hacerlo para garantizar que en los procesos electorales no se influya de manera indebida ni se trastoque el principio de equidad en la contienda. Para el ejercicio de sus atribuciones fiscalizadoras, el Consejo General del INE cuenta con el auxilio, tanto de una Comisión de Fiscalización, integrada por 5 consejeros, como de una Unidad Técnica de Fiscalización.

En ejercicio de esas atribuciones, el pasado 18 de julio, mediante acuerdo CG638/2018, el Consejo General del INE aprobó multar con 197 millones de pesos a Morena por la creación del fideicomiso, en 2017, para apoyar a los damnificados por el sismo del 19 de septiembre pasado.

Sin embargo, la sentencia del Tribunal (bajo expediente SUP-RAP-209-2018) cuestiona severamente la resolución del INE y la revoca de manera contundente. Esa autoridad jurisdiccional aporta plausibles argumentos técnico- jurídicos para fundar y motivar su sentencia.

Primero, que el INE no realizó una investigación exhaustiva, a pesar de que no tenía limitación temporal para hacerlo pues su labor indagatoria podría haber continuado más allá de la fecha de declaración de presidente electo. Es decir, debió realizar una investigación integral del caso para delimitar las líneas de investigación a seguir y acreditar responsabilidades sobre los fines del fideicomiso, cuantificar las aportaciones de entes privados e identificar a las personas que realizaron y recibieron las aportaciones en efectivo. Es suma, que, al no haber actuado de modo exhaustivo, el INE precipitó sus resultados.

Segundo, que el INE violó el debido proceso, al no acreditar en su expediente el haber citado a comparecer a la representación del fideicomiso, es decir no los llamó a juicio, a pesar de haberlos vinculado en su resolución. Esa omisión impidió que el fideicomiso ejerciese su derecho de audiencia para explicar su actuación en los hechos que se le imputaban.

Tercero, que el INE no acreditó la participación de Morena en el fideicomiso y que, en consecuencia, no existe vínculo entre el presunto infractor y los hechos que se imputan como ilícitos.

Cuarto, tampoco se tuvo por probado que se hubiesen canalizado recursos públicos al citado fideicomiso, provenientes de las prerrogativas que en forma de financiamiento público se otorgan a Morena.

Finalmente, el INE tampoco demostró que el ejercicio de los recursos del fideicomiso hubiese tenido un fin proselitista que beneficiara a ese partido o a sus candidatos.

En suma, que, a pesar de los elevados recursos que asigna a sus labores de fiscalización, el INE no estructuró debidamente sus indagaciones para sustentar sus conclusiones de que fue ilícito el origen, monto, destino y aplicación de los recursos de ese partido.         

El pasado 22 de julio de 2018, hice referencia, en este mismo espacio, a la multa que impuso el INE a Morena. Ahí expresé mi preocupación de que la resolución del INE en contra del partido Morena pudiese enmarcarse en lo que se llamó “embate político”, pues, sin haberse resuelto el asunto en tribunales, se utilizaba el caso para demeritar la autoridad moral del nuevo gobierno, que se ha propuesto combatir la corrupción y la impunidad.

Es evidente que las autoridades electorales no pueden desentenderse de las consecuencias políticas de sus resoluciones, aunque ello no implica que sus acciones deban subordinarse a esas potenciales consecuencias. Su mejor blindaje y antídoto, frente a las veleidades partidistas, será su permanente compromiso con el tratamiento objetivo, minucioso y con elevada calidad técnica, de los asuntos a su cargo.

No dudo que la resolución del TEPJF también se utilice ahora como arma arrojadiza en la arena político partidista. Frente a ello, corresponde al Tribunal, sin protagonismos ni estridencias, y con la sobriedad que corresponde a un órgano del Estado, explicar los fundamentos técnico-jurídicos de su sentencia; con los que podremos, o no, estar de acuerdo.

Pero más allá del caso particular, este asunto hace evidente que es indispensable una pronta reforma electoral que simplifique el actual proceso, hoy plagado de barroquismos y excesos, en dos temas sustantivos: el primero en materia de fiscalización, que la tornen eficaz y, el segundo en materia de los diversos procesos jurisdiccionales, que aún lleva a cabo actualmente el INE, y que correspondería atender en exclusiva al TEPJF. Sin duda, hoy existen condiciones propicias para avanzar en ese sentido.

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